Ahora
Plataforma petrolera cerca de Bahía Blanca: “Es una condena al Mar Argentino, a nuestro presente y futuro”
El gobierno nacional autorizó exploraciones en el último día hábil de 2021. Ambientalistas salieron al cruce.
Distintas organizaciones ambientalistas mostraron su rechazo a la autorización del gobierno nacional para que firmas petroleras avancen en la puesta de plantas en el Mar Argentino, frente a Mar del Plata y Bahía Blanca.
Es que el gobierno nacional autorizó el último día hábil del 2021 a la empresa Equinor y a sus socias YPF y Shell a hacer los estudios de exploración sísmica de 3 áreas offshore (a 300 kilómetros de la costa bonaerense). Buscarán hacer el primer pozo a fines de este 2022, según le dijo el CEO de una de las empresas al Río Negro.
La resolución 436/21 los habilitó a la realización de estudios de sísmica 2D, 3D y 4D.
La organización internacional Greenpeace hizo un reclamo casi inmediato. “Vivimos una crisis climática y ecológica. Argentina debe dejar de apostar por combustibles fósiles, que se transformaran en tecnologías obsoletas en los próximos años y agilizar la transición a las energías renovables”, advirtieron.
“No hay manera de llevar a cabo la exploración y explotación petrolera offshore sin que genere impactos irreversibles para los ecosistemas marinos, su biodiversidad, las costas, las playas y los principales medios de vida de las comunidades costeras. Es una condena al Mar Argentino”.
Es una condena al Mar Argentino, sus ecosistemas y comunidades costeras. A nuestro presente y futuro
Esto sucede mientras medio país está ardiendo, a espalda de la ciudadanía y desoyendo la voz de las miles de personas que en Audiencia Pública manifestaron estar en contra. pic.twitter.com/NS3m3fGWNf
— Greenpeace Argentina (@GreenpeaceArg) December 30, 2021
Por su parte, desde Jóvenes por el Clima advirtieron que “el Mar Argentino se convirtió en zona de sacrificio”.
“No hay transición ecológica posible sin una apuesta por el abandono progresivo de las energías fósiles”, agregaron.
En junio, la autorización del estudio de impacto ambiental para realizar la exploración sísmica de estos bloques fue llevada a una audiencia pública convocada por la secretaría de Cambio Climático en la que hubo más de 300 participantes.
En ese debate la posición de grupos pesqueros y asociaciones ambientalistas fue fuerte y llevó a que a fines de septiembre el ministerio de Ambiente suspendiera los plazos para definir la aprobación o rechazo del estudio de impacto ambiental debatido.
Esa medida, fijada por la Resolución 16/21 firmada por el secretario de Cambio Climático, Desarrollo Sostenible e Innovación, Rodrigo Rodríguez Tornquist, no solo representó un freno para los bloques offshore que Equinor llevó a la audiencia, sino también para los 18 bloques offshore que fueron concesionados para la exploración en la Ronda 1 realizada por el gobierno nacional en 2019.
De acuerdo a la nueva resolución, Equinor y sus socios YPF y Shell podrán realizar la exploración sísmica de los bloques realizando un “estricto cumplimiento de los términos del Plan de Gestión Ambiental”.
Además “deberá presentar un informe final de monitoreo de fauna marina y mitigación, ante la dirección nacional de Evaluación Ambiental”. Recayendo el control y la fiscalización del cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental en la secretaría de Energía de la Nación que conduce Darío Martínez.
Ahora
Presentaron un amparo en la justicia para frenar la nueva ley laboral
Buscan que sea declarada inconstitucional por considerar que implica un retroceso en derechos de los trabajadores.
La Confederación General del Trabajo presentó un recurso de amparo ante la justicia Federal con el objetivo de frenar la reforma laboral impulsada por el gobierno nacional, que fue promulgada hoy.
La central sindical busca que la normativa sea declarada inconstitucional por considerar que implica un retroceso en derechos de los trabajadores. Sostienen que vulnera principios constitucionales y tratados internacionales vinculados al derecho laboral.
En el escrito judicial argumentaron que la ley desconoce el principio de progresividad, que impide retrocesos injustificados en derechos ya adquiridos, y también el principio protectorio, que busca equilibrar la relación entre empleadores y trabajadores.
La CGT también advirtió que la normativa podría afectar derechos contemplados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, como la protección frente al despido arbitrario, el derecho de huelga, la negociación colectiva, la libertad sindical y el acceso a la seguridad social.
Entre los aspectos más cuestionados del nuevo esquema laboral, la central obrera mencionó la posibilidad de establecer jornadas de hasta 12 horas, cambios en el pago de horas extras y modificaciones en el régimen de indemnizaciones, que podrían incluso abonarse mediante un fondo específico y en cuotas.
Cuáles son los puntos más importantes de la reforma que entró hoy en vigencia:
Banco de horas: se permite que el empleador y el trabajador acuerden por escrito la compensación de horas extraordinarias, con un límite de 12 horas por jornada y respetando las 12 horas de descanso. El acuerdo puede prever el uso de horas extra, banco de horas o francos compensatorios y debe respetar los descansos mínimos legales, garantizando la protección de la salud del trabajador. También es posible que estos acuerdos se celebren con la representación sindical. El sistema habilita a compensar jornadas más extensas en algunos días con otras más breves, siempre que no se exceda el máximo semanal legal o el que establezca el convenio colectivo. En materia de jornada reducida, la reforma dispone que solo podrá implementarse si así lo prevén leyes, contratos individuales, convenios colectivos o acuerdos firmados con la representación sindical. Estos instrumentos pueden establecer el cómputo de la jornada máxima sobre promedios, siempre que los descansos legales sean respetados.
Indemnizaciones por despido: la ley mantiene el criterio de un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los últimos doce meses. Pero a diferencia de la normativa vigente, se excluyen del cálculo conceptos no mensuales, como el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) y premios extraordinarios. El monto máximo no podrá superar tres veces el salario promedio previsto en el convenio colectivo correspondiente y no podrá ser menor al 67% de la remuneración mensual habitual, ni inferior a un mes de sueldo. Si el trabajador no está amparado por un convenio, se aplicará el tope más favorable del establecimiento. También se contempla el pago en cuotas de las indemnizaciones fijadas por sentencia judicial: hasta seis cuotas mensuales para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas empresas, ajustadas por inflación más un 3% de interés anual.
Además, la ley establece que la indemnización será la única reparación por despido sin causa y fija un nuevo esquema de actualización de créditos laborales que contempla el IPC más un 3% anual.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL): el fondo asistirá a las empresas con el pago de las indemnizaciones y estará nutrido de contribuciones mensuales obligatorias: las grandes empresas deberán aportar el 1% de las remuneraciones brutas de cada trabajador, mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) aportarán el 2,5%.
Respecto a los salarios, la reforma incorporó el “salario dinámico”, que puede ser pactado en los convenios colectivos y que ata la remuneración al rendimiento o mérito individual. Asimismo, se estableció que el pago deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria.
Convenios colectivos: los acuerdos firmados dentro de una empresa o en una región podrán tener prioridad sobre los convenios colectivos de toda una actividad.
También cambia la llamada “ultraactividad”. Antes, cuando un convenio vencía, sus condiciones seguían vigentes automáticamente hasta que se firmara uno nuevo. Con la reforma, esa continuidad se debilita, por lo que algunas condiciones podrían dejar de aplicarse si el convenio no se renueva.
Por último, se mantiene la cuota solidaria sindical, que es un aporte que pagan algunos trabajadores aunque no estén afiliados al sindicato. Ese descuento seguirá haciéndolo el empleador, pero ahora tendrá un límite máximo del 2% del salario mensual.
Trabajadores de plataforma: establece que las personas que manejan o hacen repartos a través de estas plataformas son trabajadores independientes, no empleados de las empresas. Por eso pueden decidir cuándo conectarse, cuánto tiempo trabajar y si aceptan o no cada viaje o pedido.
Al mismo tiempo, la norma fija algunas obligaciones: los repartidores o conductores deben estar inscriptos y pagar sus propios impuestos y aportes, mientras que las plataformas deben brindar información clara sobre los viajes o entregas, permitir la libertad de conexión y ofrecer canales de atención para resolver problemas. También se establece que las propinas son totalmente para el trabajador.
Derecho a huelga: los servicios declarados esenciales deberán asegurar un funcionamiento del 75% mientras que la nueva categoría de trascendentales deberán mantener una cobertura del 50%. El listado de servicios esenciales se expande para incluir más actividades, como la educación en sus tres niveles. Además, las asambleas en los lugares de trabajo deberán contar con autorización previa del empleador.
Blanqueo laboral: para regularizar la situación de los trabajadores informales se eximirá de hasta un 70% de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social. Por otro lado, el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), reducirá las cargas patronales para empleadores que registren nuevos trabajadores, con un 8% de descuento en los tributos sociales.
Ahora
Cuáles son las 20 marcas de yerba más vendidas del país
Un informe sobre el mercado yerbatero argentino reveló cuáles fueron las 20 marcas de yerba mate más vendidas del país, con un cambio histórico en el liderazgo de las góndolas.
Por primera vez en años, la marca Playadito se ubicó en el primer puesto y superó al tradicional grupo Las Marías, dueño de varias de las etiquetas más conocidas del mercado.
Según el relevamiento elaborado a partir de datos del sector y del Instituto Nacional de la Yerba Mate, el paquete amarillo encabezó el ranking con 56,7 millones de kilos vendidos en el mercado interno durante 2025. En segundo lugar quedó el grupo Las Marías, que reúne marcas como Taragüí, Unión, La Merced y Mañanita, con 49,05 millones de kilos, lo que marcó una diferencia de unos 7,7 millones de kilos entre ambos líderes.
El podio lo completó CBSé, con 24,5 millones de kilos comercializados, aunque a considerable distancia de las dos principales potencias del sector. En el cuarto puesto apareció Amanda, con 19,9 millones de kilos vendidos.
El listado de las yerbas más vendidas en Argentina:
Playadito – 56,7 millones de kilos
Las Marías (Taragüí, Unión, La Merced y Mañanita) – 49,05 millones
CBSé – 24,5 millones
Amanda – 19,9 millones
Verdeflor – 15,5 millones
Rosamonte – 14,3 millones
Nobleza Gaucha / Cruz de Malta – 10,9 millones
Aguantadora / Pampa / Sinceridad – 9,3 millones
La Tranquera – 8,9 millones
Piporé – 6,7 millones
Andresito – 6,6 millones
Cachamate – 6,3 millones
Romance – 5,7 millones
Primicia – 4,7 millones
Buen Día – 4,2 millones
La Hoja – 4,1 millones
Más Sabor – 3,7 millones
La Cumbrecita – 3,5 millones
Natura – 3,2 millones
Mate Rojo – 2,6 millones.
El informe también refleja la alta concentración del mercado yerbatero argentino. Solo Playadito y el grupo Las Marías sumaron más de 105 millones de kilos vendidos, una cifra que supera ampliamente a cualquier otra empresa del ranking.
Este escenario confirma que, aunque existen más de 200 marcas de yerba mate en el país, el liderazgo sigue concentrado en un puñado de grandes compañías que dominan el consumo de una de las bebidas más tradicionales de Argentina.
Salud bucal: cómo y cuánto se cuidan los dientes los estudiantes en Bahía
Ahora
La marcha por el Día de la Mujer en Bahía se hace el lunes
A partir de las 18 horas en la Plaza Rivadavia.
Este domingo, 8 de marzo, es el Día Internacional de la Mujer.
Por ese motivo, el lunes se van a hacer las habituales marchas en distintos puntos del país.
En Bahía, la acción está prevista para las 18 horas en la Plaza Rivadavia, donde se van a concentrar agrupaciones feministas, organizaciones sociales y políticas, y particulares.
La convocatoria se enfoca en darle entidad a las denuncias contra los femicidios, así como el rechazo a los discursos de odio y a la pérdida de derechos.
Según denuncian desde distintas entidades, se vive en Argentina un contexto profundamente regresivo para las mujeres y diversidades.
Advierten que el gobierno nacional nos las declaró como enemigas y que se implementaron políticas que agreden los reclamos históricos del movimiento, empezando por el desmantelamiento de todas las políticas públicas de prevención y abordaje de la violencia por razones de género, de políticas públicas que intentaban achicar brechas salariales y fomentar la autonomía económica, y la implementación de un ajuste criminal que redunda en que muchas mujeres tengan que tomar muchos más trabajos o extender la jornada laboral.
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