Interés general
Entró en vigencia la nueva Ley Laboral: repasá cuáles son los cambios
No aplica a empleados estatales, personal de casas particulares ni a trabajadores regidos por otras leyes.
A través del decreto 137/2026, se promulgó la Ley de Reforma Laboral, N°27.802, por lo que a partir de hoy ya está funcionando.
La normativa había sido sancionada previamente por el Honorable Congreso de la Nación el pasado 27 de febrero.
Los puntos más importantes
Banco de horas: se permite que el empleador y el trabajador acuerden por escrito la compensación de horas extraordinarias, con un límite de 12 horas por jornada y respetando las 12 horas de descanso. El acuerdo puede prever el uso de horas extra, banco de horas o francos compensatorios y debe respetar los descansos mínimos legales, garantizando la protección de la salud del trabajador. También es posible que estos acuerdos se celebren con la representación sindical. El sistema habilita a compensar jornadas más extensas en algunos días con otras más breves, siempre que no se exceda el máximo semanal legal o el que establezca el convenio colectivo. En materia de jornada reducida, la reforma dispone que solo podrá implementarse si así lo prevén leyes, contratos individuales, convenios colectivos o acuerdos firmados con la representación sindical. Estos instrumentos pueden establecer el cómputo de la jornada máxima sobre promedios, siempre que los descansos legales sean respetados.
Indemnizaciones por despido: la ley mantiene el criterio de un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los últimos doce meses. Pero a diferencia de la normativa vigente, se excluyen del cálculo conceptos no mensuales, como el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) y premios extraordinarios. El monto máximo no podrá superar tres veces el salario promedio previsto en el convenio colectivo correspondiente y no podrá ser menor al 67% de la remuneración mensual habitual, ni inferior a un mes de sueldo. Si el trabajador no está amparado por un convenio, se aplicará el tope más favorable del establecimiento. También se contempla el pago en cuotas de las indemnizaciones fijadas por sentencia judicial: hasta seis cuotas mensuales para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas empresas, ajustadas por inflación más un 3% de interés anual.
Además, la ley establece que la indemnización será la única reparación por despido sin causa y fija un nuevo esquema de actualización de créditos laborales que contempla el IPC más un 3% anual.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL): el fondo asistirá a las empresas con el pago de las indemnizaciones y estará nutrido de contribuciones mensuales obligatorias: las grandes empresas deberán aportar el 1% de las remuneraciones brutas de cada trabajador, mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) aportarán el 2,5%.
Respecto a los salarios, la reforma incorporó el “salario dinámico”, que puede ser pactado en los convenios colectivos y que ata la remuneración al rendimiento o mérito individual. Asimismo, se estableció que el pago deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria.
Convenios colectivos: los acuerdos firmados dentro de una empresa o en una región podrán tener prioridad sobre los convenios colectivos de toda una actividad.
También cambia la llamada “ultraactividad”. Antes, cuando un convenio vencía, sus condiciones seguían vigentes automáticamente hasta que se firmara uno nuevo. Con la reforma, esa continuidad se debilita, por lo que algunas condiciones podrían dejar de aplicarse si el convenio no se renueva.
Por último, se mantiene la cuota solidaria sindical, que es un aporte que pagan algunos trabajadores aunque no estén afiliados al sindicato. Ese descuento seguirá haciéndolo el empleador, pero ahora tendrá un límite máximo del 2% del salario mensual.
Trabajadores de plataforma: establece que las personas que manejan o hacen repartos a través de estas plataformas son trabajadores independientes, no empleados de las empresas. Por eso pueden decidir cuándo conectarse, cuánto tiempo trabajar y si aceptan o no cada viaje o pedido.
Al mismo tiempo, la norma fija algunas obligaciones: los repartidores o conductores deben estar inscriptos y pagar sus propios impuestos y aportes, mientras que las plataformas deben brindar información clara sobre los viajes o entregas, permitir la libertad de conexión y ofrecer canales de atención para resolver problemas. También se establece que las propinas son totalmente para el trabajador.
Derecho a huelga: los servicios declarados esenciales deberán asegurar un funcionamiento del 75% mientras que la nueva categoría de trascendentales deberán mantener una cobertura del 50%. El listado de servicios esenciales se expande para incluir más actividades, como la educación en sus tres niveles. Además, las asambleas en los lugares de trabajo deberán contar con autorización previa del empleador.
Blanqueo laboral: para regularizar la situación de los trabajadores informales se eximirá de hasta un 70% de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social. Por otro lado, el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), reducirá las cargas patronales para empleadores que registren nuevos trabajadores, con un 8% de descuento en los tributos sociales.
Interés general
Dónde atender de forma gratuita a tu mascota esta semana
Atención primaria:
- Lunes a jueves, de 10 a 12.30 hs en la Unidad Sanitaria Veterinaria de Villa Serra (Tarija 1350).
Vacunación antirrábica y desparasitación:
- Martes y jueves, de 11 a 15 hs en el Parque Independencia.
- Miércoles 29, de 12 a 15 hs en la plaza Cristóforo Colombo (Zelarrayan 840)
Además, las vacunas se aplican en todos los móviles de castración, de lunes a jueves de 12 a 13. En ese horario también se puede realizar consultas post-quirúrgicas.
Móviles de castración:
- Móvil 1: Parque Independencia (entrando por Balboa y Munilla) – Turnos: 4500459 (de 8 a 14 hs)
- Móvil 2: Delegación Norte (Vieytes 2700) – Turnos: 4500459 (de 8 a 14 hs)
- Móvil 3: Delegación Las Villas (Av. Lainez 2280) – Turnos: 4560139 (de 8 a 14 hs)
- Móvil 4: Unidad Veterinaria de Villa Serra (Tarija 1350). Atención por orden de llegada (sin turno previo) de lunes a miércoles de 8 a 9 hs, hasta completar 10 cupos. Consultas: 4560139.
Condiciones prequirúrgicas:
*A partir de los 6 meses
*Ayuno de alimento de 8 hs, agua puede tomar hasta 2hs antes de la cirugía.
*Perras NO pueden estar en celo
*Hembras: tienen que haber pasado dos meses desde la última parición y sin leche en las mamas.
Interés general
El viernes harán una olla popular en reclamo del programa “Volver al Trabajo”
La Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) va a realizar una olla popular este viernes a las 13 horas en el barrio Puertas del Sur, en Bahía.
La actividad se da en el marco de la baja del programa social “Volver al Trabajo”, que dejaría, según lo dicho por la entidad, a 2.973 personas de la ciudad sin el único ingreso estatal que poseían.
El Gobierno comunicó el fin de este programa el 8 de abril, informando que, en su reemplazo, se abre Potenciar Trabajo, una propuesta que consiste en dar vouchers de capacitación laboral.
Ahora
Un paro docente podría complicar parcialmente las clases este miércoles
Convoca Suteba local e incluye una movilización.
Suteba local anunció un nuevo paro docente para este miércoles.
Se trata de una medida que podría afectar a algunas escuelas o grados, dependiendo del grado de adhesión.
La huelga, que incluye una movilización, tiene varias consignas:
– aumento y recomposición salarial urgente en la Provincia
– creación de todos los cargos necesarios en educación especial
– repudio a la comunicación enviada a los docentes sobre la intervención en conflictos con armas de fuego
– inmediata solución a los problemas de calefacción en las escuelas
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