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Presentaron un amparo en la justicia para frenar la nueva ley laboral

Buscan que sea declarada inconstitucional por considerar que implica un retroceso en derechos de los trabajadores.

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La Confederación General del Trabajo presentó un recurso de amparo ante la justicia Federal con el objetivo de frenar la reforma laboral impulsada por el gobierno nacional, que fue promulgada hoy.

La central sindical busca que la normativa sea declarada inconstitucional por considerar que implica un retroceso en derechos de los trabajadores. Sostienen que vulnera principios constitucionales y tratados internacionales vinculados al derecho laboral.

En el escrito judicial argumentaron que la ley desconoce el principio de progresividad, que impide retrocesos injustificados en derechos ya adquiridos, y también el principio protectorio, que busca equilibrar la relación entre empleadores y trabajadores.

La CGT también advirtió que la normativa podría afectar derechos contemplados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, como la protección frente al despido arbitrario, el derecho de huelga, la negociación colectiva, la libertad sindical y el acceso a la seguridad social.

Entre los aspectos más cuestionados del nuevo esquema laboral, la central obrera mencionó la posibilidad de establecer jornadas de hasta 12 horas, cambios en el pago de horas extras y modificaciones en el régimen de indemnizaciones, que podrían incluso abonarse mediante un fondo específico y en cuotas.

Cuáles son los puntos más importantes de la reforma que entró hoy en vigencia:

Banco de horas: se permite que el empleador y el trabajador acuerden por escrito la compensación de horas extraordinarias, con un límite de 12 horas por jornada y respetando las 12 horas de descanso. El acuerdo puede prever el uso de horas extra, banco de horas o francos compensatorios y debe respetar los descansos mínimos legales, garantizando la protección de la salud del trabajador. También es posible que estos acuerdos se celebren con la representación sindical. El sistema habilita a compensar jornadas más extensas en algunos días con otras más breves, siempre que no se exceda el máximo semanal legal o el que establezca el convenio colectivo. En materia de jornada reducida, la reforma dispone que solo podrá implementarse si así lo prevén leyes, contratos individuales, convenios colectivos o acuerdos firmados con la representación sindical. Estos instrumentos pueden establecer el cómputo de la jornada máxima sobre promedios, siempre que los descansos legales sean respetados.

Indemnizaciones por despido: la ley mantiene el criterio de un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los últimos doce meses. Pero a diferencia de la normativa vigente, se excluyen del cálculo conceptos no mensuales, como el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) y premios extraordinarios. El monto máximo no podrá superar tres veces el salario promedio previsto en el convenio colectivo correspondiente y no podrá ser menor al 67% de la remuneración mensual habitual, ni inferior a un mes de sueldo. Si el trabajador no está amparado por un convenio, se aplicará el tope más favorable del establecimiento. También se contempla el pago en cuotas de las indemnizaciones fijadas por sentencia judicial: hasta seis cuotas mensuales para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas empresas, ajustadas por inflación más un 3% de interés anual.

Además, la ley establece que la indemnización será la única reparación por despido sin causa y fija un nuevo esquema de actualización de créditos laborales que contempla el IPC más un 3% anual.

Fondo de Asistencia Laboral (FAL): el fondo asistirá a las empresas con el pago de las indemnizaciones y estará nutrido de contribuciones mensuales obligatorias: las grandes empresas deberán aportar el 1% de las remuneraciones brutas de cada trabajador, mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) aportarán el 2,5%.

Respecto a los salarios, la reforma incorporó el “salario dinámico”, que puede ser pactado en los convenios colectivos y que ata la remuneración al rendimiento o mérito individual. Asimismo, se estableció que el pago deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria.

Convenios colectivos: los acuerdos firmados dentro de una empresa o en una región podrán tener prioridad sobre los convenios colectivos de toda una actividad.

También cambia la llamada “ultraactividad”. Antes, cuando un convenio vencía, sus condiciones seguían vigentes automáticamente hasta que se firmara uno nuevo. Con la reforma, esa continuidad se debilita, por lo que algunas condiciones podrían dejar de aplicarse si el convenio no se renueva.

Por último, se mantiene la cuota solidaria sindical, que es un aporte que pagan algunos trabajadores aunque no estén afiliados al sindicato. Ese descuento seguirá haciéndolo el empleador, pero ahora tendrá un límite máximo del 2% del salario mensual.

Trabajadores de plataforma: establece que las personas que manejan o hacen repartos a través de estas plataformas son trabajadores independientes, no empleados de las empresas. Por eso pueden decidir cuándo conectarse, cuánto tiempo trabajar y si aceptan o no cada viaje o pedido.

Al mismo tiempo, la norma fija algunas obligaciones: los repartidores o conductores deben estar inscriptos y pagar sus propios impuestos y aportes, mientras que las plataformas deben brindar información clara sobre los viajes o entregas, permitir la libertad de conexión y ofrecer canales de atención para resolver problemas. También se establece que las propinas son totalmente para el trabajador.

Derecho a huelga: los servicios declarados esenciales deberán asegurar un funcionamiento del 75% mientras que la nueva categoría de trascendentales deberán mantener una cobertura del 50%. El listado de servicios esenciales se expande para incluir más actividades, como la educación en sus tres niveles. Además, las asambleas en los lugares de trabajo deberán contar con autorización previa del empleador.

Blanqueo laboral: para regularizar la situación de los trabajadores informales se eximirá de hasta un 70% de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social. Por otro lado, el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), reducirá las cargas patronales para empleadores que registren nuevos trabajadores, con un 8% de descuento en los tributos sociales.

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Piden justicia por el bahiense que murió en un choque en la ruta 3

Fernando Gismondi tenía 44 años.

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Familiares y amigos del bahiense que murió en un choque en la ruta 3 a la altura de Las Flores, piden justicia.

Se trata de Fernando Gismondi, de 44 años, quién perdió la vida el viernes cuando viajaba con su familia a bordo de un Peugeot 307 y chocó con una Amarok.

En el vehículo también viajaban su mujer, Romina Chiquette de 43 años, y las hijas de 9 y 11, quienes sufrieron lesiones y fueron trasladados a un centro de salud.

El conductor de la camioneta era Tiziano Cristian Forti, vecino de esa localidad, quien resultó ileso y a quien apuntan como responsable del hecho.

En ese marco, la periodista local Laura Lopardo sostuvo que a la Amarok fue la que “habría impactado al Peugeot”.

La causa por el momento continúa en etapa de investigación.

“No fue un accidente, fue negligencia. Exigimos justicia”, dice el flyer que están publicando los amigos y familiares de Gismondi en las redes sociales.

Su hermana, Leticia Gismondi publicó un extenso mensaje acusatorio en su perfil:

“No puedo pensar muy claramente… tengo el alma y el corazón rotos en mil pedazos. Ojalá fuera una pesadilla espantosa y pudiera despertar. Cuando las cosas van bien, algo o alguien en este caso tiene que arruinarlo. “ESTE” tiene nombre y se llama Tiziano Cristian Forti, con solo 18 años va y viene a mil, en su Amarok, y en esta oportunidad, por su irresponsabilidad en la ruta, me quitó para siempre a mi hermano, mi hermanito del alma, el más chiquito. El que se inmolaba por sus hijos, se divertía con sus amigos, buen compañero, hermano, hijo, que más decir. No hay palabras ni consuelo. Lo vamos a despedir con todo el amor que merece. Que te encuentres con mami pipí, y sigan juntos en otro plano. Te amo infinito y este dolor que siento hoy no va a pasar nunca porque este viaje no tenias que haberlo hecho vos. Que Dios me perdone pero debería haber sido al revés. Injusto. Ojalá pague Rezo por Romi y mis sobris, a los que también injustamente lastimó demasiado y tienen que seguir adelante sin vos, pero a los que guiaras por el camino que nos enseñaron. Te voy a amar y a extrañar hasta que nos encontremos otra vez”.

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Se negó a declarar el acusado de matar a un joven en White

Joaquín Larraburu (25) es el sospechoso de asesinar a Santiago Vega (19).

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El joven acusado por el asesinato de Santiago Vega, el futbolista de 19 años que fue baleado en Ingeniero White durante la madrugada del sábado, se negó a prestar declaración indagatoria.

El imputado, identificado como Joaquín Eleazar Larraburu (25), fue trasladado a sede judicial, donde hizo uso de su derecho a no declarar.

La causa continúa siendo investigada por la Unidad Funcional de Instrucción N º 5 a cargo del fiscal Jorge Viego.

Santiago Vega 

Larraburu está acusado de haber efectuado el disparo que terminó con la vida de Vega en las inmediaciones de un pub ubicado en la esquina de avenida San Martín y Plunkett.

De acuerdo con la investigación, el hecho ocurrió luego de una discusión que se produjo a la salida del local bailable.
Tras el ataque, el sospechoso escapó a bordo de un Volkswagen Gol negro, aunque fue perseguido por la policía y finalmente detenido luego de chocar contra una rotonda en la intersección de la Ruta Nacional 3 y Pedro Pico.

En el vehículo los efectivos secuestraron una pistola calibre .22, que será sometida a pericias para determinar si fue el arma utilizada en el homicidio.

La muerte de Vega generó una profunda conmoción en White y en el ámbito deportivo local. El joven integraba las divisiones formativas de Comercial, institución que suspendió los festejos por su aniversario y expresó su pesar por el fallecimiento de uno de sus jugadores.

Con la negativa del acusado a declarar, la investigación continuará con la recolección de pruebas, el análisis de las pericias balísticas y la toma de testimonios para esclarecer las circunstancias en las que ocurrió el crimen.

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Leve mejora en los números de las vacaciones, pero sigue viajando poca gente

4,6 millones de personas hicieron una escapada en estas dos semanas de julio.

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Según la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, las vacaciones de invierno fueron atípicas porque coincidieron la situación económica complicada, el clima inestable y el Mundial de Fútbol.

Según la entidad, miles de turistas viajaron a Estados Unidos a seguir a la selección argentina, lo que se sintió en algunos destinos locales.

En ese contexto, 4,6 millones de personas viajaron por el país, de los cuales 400 mil fueron extranjeros. Esta cifra representa un 5,9% más que el año pasado.

Como resultado de esos viajes, los turistas gastaron $ 2,12 billones en las ciudades que integran el circuito turístico nacional, un 2,5% mayor que en 2025.

La estadía media fue de cuatro días, levemente superior al año pasado (3,9), y el gasto diario promedió los $ 115.115, que a precios reales resultó un 5,6% inferior al año anterior.

Si bien este año hubo una leve mejoría respecto al 2025, lo que demuestra una pequeña recuperación turística, la cantidad de gente que viaja es un 16,5% menor que el récord que se alcanzó en 2023.

Los mejores resultados se concentraron en las ciudades de nieve y montaña, favorecidas por las intensas nevadas de la segunda mitad de julio.

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