Ahora
Ratifican pena contra el falso perito canino Marcos Herrero
7 años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo.
La justicia dejó firme la condena contra el falso perito canino Marcos Herrero, quien había sido sentenciado por manipular pruebas en distintas investigaciones judiciales, en un caso que generó fuerte repercusión por el impacto de sus intervenciones en causas penales.
El fallo ratifica la pena impuesta en instancias anteriores, que incluye prisión e inhde 7 años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo, luego de que se rechazaran los recursos presentados por la defensa, dejando así sin efecto cualquier posibilidad de revisión ordinaria.
De esta manera, la condena quedó firme y habilita su cumplimiento efectivo.
Herrero había sido juzgado por su rol como supuesto especialista en rastros odorológicos, una práctica que utilizaba para intervenir en investigaciones criminales. Sin embargo, durante el proceso judicial se acreditó que el acusado “plantaba” evidencia o direccionaba resultados periciales, comprometiendo la validez de las causas en las que participó.
Se lo acusó de plantar evidencia y mentir para perjudicar a efectivos de la Policía Bonaerense en la desaparición y muerte de Facundo Astudillo Castro, ocurrida durante la pandemia de coronavirus en Villarino.
Según se determinó, sus maniobras no solo afectaron expedientes puntuales, sino que pusieron en duda el accionar de investigaciones completas, generando un efecto dominó sobre distintos procesos judiciales donde sus informes habían sido considerados prueba clave.
El caso se convirtió en un antecedente relevante en materia judicial, ya que expone los riesgos de la utilización de pericias sin el debido respaldo científico y control técnico. A partir de este fallo, se refuerza además la necesidad de revisar intervenciones similares realizadas en otras causas.
Ahora
Imputan por grooming al ex entrenador de Liniers Hernán Rosell
Finalmente hubo novedades en la causa contra el ex entrenador de Liniers, Hernán Rosell, quién se supo pedía fotos a jugadores menores a cambio de dinero.
La justicia local imputó por el delito de grooming y fue citado a declarar por el fiscal Rodolfo De Lucía el 27 de mayo próximo.
En el marco de la investigación, trascendió que fueron más de una las situaciones en las que el entrenador hizo ese tipo de pedidos a distintos chicos y no se descartan que aparezcan nuevos testimonios.
Qué es grooming:
Incorporado como delito en el Código Penal en el 2013, la palabra deriva del verbo inglés groom, que se refiere a conductas de acercamiento o preparación para un fin determinado.
Es cuando un adulto intenta ganarse la confianza de una o un menor de edad para someterlo sexualmente, todo a través de la utilización de cualquier dispositivo tecnológico.
Ahora
Se viene un fin de semana frío, ventoso y quizás lluvioso
Bajan las temperaturas. El domingo va a estar inestable.
Durante sábado y domingo el clima no va a ser el mejor en nuestra ciudad.
En ambos casos las temperaturas van a bajar, especialmente las mínimas.
Se esperan mañanas frías con mínimas que van a promediar los 8°, y máximas después del mediodía que van a rondar los 15°.
También se va a sentir el viento, sobre todo el domingo para el que se pronostican ráfagas que pueden alcanzar casi los 80 km/h. Incluso podrían caer chaparrones.
Ahora
Promulgaron la Ley de Glaciares: cuáles son los principales cambios
El nuevo marco normativo generó fuertes discusiones entre sectores antagónicos.
Se publicó por Boletín Oficial la promulgación de la nueva Ley de Glaciares, aprobada en el Congreso Nacional.
Según argumenta el gobierno, los cambios van a permitir “garantizar seguridad jurídica y darle poder a las provincias para la utilización de sus recursos”.
Con las modificaciones, aseguran, quieren “ordenar el marco normativo vigente, poner fin a interpretaciones arbitrarias y consolidar un esquema de federalismo ambiental plenamente compatible con la Constitución nacional”.
Sin embargo, organizaciones ambientales y de la sociedad civil denuncian que la iniciativa es una “regresión ambiental inconstitucional” porque vulnera el Acuerdo de Escazú al cual Argentina adhirió, y advierten que avanzar con esta reforma constituye un grave retroceso en materia de protección del agua.
Qué dice la Ley de Glaciares
La ley, sancionada en 2010, define como glaciar a toda masa de hielo, estable o que fluye lentamente, con o sin agua en su interior. Según la norma, en alta montaña, el ambiente periglacial comprende áreas con suelos congelados que actúan como reguladores del recurso hídrico, y en media y baja montaña a las zonas con suelos saturados en hielo que también cumplen funciones de reserva del agua.
En el artículo 6, la ley impide la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias, la construcción de obras o infraestructura que pueda modificar la dinámica natural del hielo o la calidad del agua, y el almacenamiento o manejo de sustancias tóxicas.
Además, con el objetivo de individualizar todas las reservas hídricas existentes, la norma creó el Inventario Nacional de Glaciares, que debe actualizarse cada 5 años como máximo. Esta tarea es del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), un organismo que depende del Conicet.
Cuántos glaciares hay en Argentina
Según el Inventario Nacional de Glaciares del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, en Argentina hay 16.968 cuerpos de hielo cuya superficie es cercana a los 8.484 kilómetros cuadrados, lo que equivale a 41 veces a la Ciudad de Buenos Aires. La inmensa mayoría se encuentra en la Cordillera de los Andes y solo 890 en las Islas del Atlántico Sur.
El documento es de 2018 y la primera actualización se presentó en 2024, pero solo con datos de la región Andes Desérticos (Jujuy, Salta, Catamarca, La Rioja y el norte de San Juan) y se espera que en el corto plazo se den a conocer los datos de la región Andes Central (sur de San Juan, Mendoza y norte de Neuquén).
El inventario relevó solo glaciares mayores a una hectárea y, dentro del ambiente periglacial, únicamente a los glaciares de escombros (cuerpos de hielo cubiertos por fragmentos de roca) porque son los que pueden identificarse mediante imágenes satelitales y verificación en campo.
Estudios científicos registraron retrocesos en los glaciares en la última década, según datos del Ianigla de 2024. En el noroeste argentino, por ejemplo, se registró una reducción del 17% de hielo descubierto y una contracción del 23% en los manchones de nieve perenne. El principal factor señalado por la comunidad científica es el cambio climático.
Por qué importan los glaciares
Los glaciares constituyen una de las reservas de agua dulce -apta para el consumo humano- más importante de nuestro país, ya que alimentan las cuencas hidrográficas del territorio. Tanto los glaciares y el ambiente periglaciar cumplen un rol estratégico para la conservación de la biodiversidad y el funcionamiento de los ecosistemas en todo el país.
Un informe de las organizaciones Aves Argentinas, Fundación Vida Silvestre Argentina, WCS Argentina y Fundación Humedales/Wetlands precisa que los glaciares actúan como “tanques de agua” naturales, almacenando agua en forma de hielo y liberándola gradualmente a lo largo del año, especialmente en períodos de sequía.
“Los glaciares cubren menos del 0,25% de la superficie continental de Argentina, pero el agua que proveen alimenta ecosistemas y comunidades a cientos de kilómetros, siendo claves para la conservación de la biodiversidad argentina. Esta dependencia se está volviendo más crítica aún en un contexto de mayores temperaturas y menores precipitaciones que ya están afectando a gran parte del país”, señaló Mariano González Roglich, director de WCS Argentina.
Qué cambia con reforma a la ley
Uno de los puntos claves de la reforma es la redefinición del objeto de protección. Mientras que la ley vigente hasta ahora ofrece un resguardo amplio a todos los glaciares y al ambiente periglacial como reservas estratégicas, el proyecto aprobado por el Congreso acota esta tutela a aquellos cuerpos de hielo que cumplan una “función hídrica efectiva” y relevante para la recarga de cuencas hidrográficas.
La reforma propone que cada provincia determine qué glaciares protege y en cuáles se pueden habilitar actividades extractivas, como la minería.
Lo que dicen los expertos es que esto atenta contra el artículo 41 de la Constitución. Este artículo le da al Congreso la potestad de generar leyes de presupuestos mínimos ambientales como es la Ley de Glaciares. Es decir, de fijar una protección mínima y nacional que las provincias no pueden achicar.
Con estos cambios, se revertiría la lógica de los presupuestos mínimos porque el piso lo fijarán las provincias en función de si consideran importante el aporte de agua dulce que hace ese glaciar a su territorio. Esto podría generar conflictos entre jurisdicciones por el acceso al agua.
Los defensores de modificar la ley sostienen que la protección actual del ambiente periglacial es demasiado amplia e “indefinida”, lo que habilita bloqueos a proyectos mineros aún en zonas donde no habría verdaderos recursos hídricos.
Fuente: Chequeado
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