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A dos años del temporal, el recuerdo en números

Sucedió al 16 de diciembre del 2023. El viento y la lluvia provocó muertes y destrozos.

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Se están cumpliendo hoy dos años de uno de los temporales más violentos de la historia de la ciudad, muy cercano a la inundación del 7 de marzo.

Fue el 16 de diciembre del 2023, dejando como saldo 13 personas muertas, varios heridos, la caída de unos 14 mil árboles, derrumbes de viviendas, clubes e instituciones, y caída de cables de distintos servicios públicos.

A la distancia, pero con el recuerdo más vivo que nunca, vale la pena recordarlo en números:

19: el horario en el que comenzó el fenómeno meteorológico.

100: la velocidad promedio de las ráfagas durante más de 30 minutos.

19:48: registro de mayor velocidad del viento, desde el oeste.

155: fue la velocidad máxima tomada por el Servicio Meteorológico Nacional.

13: la cantidad de personas muertas, todas dentro del club Bahiense del Norte: Juliana Barquero, Rubén Baldi, Benicio Baldi, Adriana María Contento, Norma Gladys Nieto, María Laura Rodríguez, Federico Luis Duo, Diego Carrasco, Luis Pérez, Juana Graciela Danszyt, Rosa Figueroa, Bryan Ortega y Diego Casatti.

3: cantidad de personas amputadas por heridas, en esa institución.

De 7 a 11: los metros de altura de la pared sin encadenado qué cayó encima del público.

350: los bahienses que estuvieron alojados en centros de evacuación

430: los llamados al 911, 107 y 109 por problemas de gravedad al inicio del temporal.

14 mil: la cantidad estimada de árboles caídos.

10 mil: la cantidad de viviendas afectadas, de acuerdo a registros de la subsecretaría de Hábitat.

5 mil: las familias que recibieron ayuda del municipio para la reconstrucción de sus viviendas.

9 mil: los millones de pesos que aportaron las compañías del Polo Petroquímico para la reconstrucción de la ciudad.

5: los millones de dólares que se juntaron en la campaña encabezada por referentes del deporte y la cultura.

70: hogares de módulos habitacionales de la organización TECHO instalados.

29: viviendas levantadas mediante el programa Vivienda Semilla.

Entre 60 y 70: los días en los que estuvo cortado el servicio de internet en algunos sectores.

Entre 25 y 40: los días en los que estuvo cortada la luz en las zonas más críticas.

150: las escuelas que sufrieron daños, según datos de la Jefatura Regional de Educación

28 mil: la cantidad de árboles que se van a plantar según el programa Reverdecer Bahía.

 

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Entró en vigencia la nueva Ley Laboral: repasá cuáles son los cambios

No aplica a empleados estatales, personal de casas particulares ni a trabajadores regidos por otras leyes.

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A través del decreto 137/2026, se promulgó la Ley de Reforma Laboral, N°27.802, por lo que a partir de hoy ya está funcionando.

La normativa había sido sancionada previamente por el Honorable Congreso de la Nación el pasado 27 de febrero.

Los puntos más importantes

Banco de horas: se permite que el empleador y el trabajador acuerden por escrito la compensación de horas extraordinarias, con un límite de 12 horas por jornada y respetando las 12 horas de descanso. El acuerdo puede prever el uso de horas extra, banco de horas o francos compensatorios y debe respetar los descansos mínimos legales, garantizando la protección de la salud del trabajador. También es posible que estos acuerdos se celebren con la representación sindical. El sistema habilita a compensar jornadas más extensas en algunos días con otras más breves, siempre que no se exceda el máximo semanal legal o el que establezca el convenio colectivo. En materia de jornada reducida, la reforma dispone que solo podrá implementarse si así lo prevén leyes, contratos individuales, convenios colectivos o acuerdos firmados con la representación sindical. Estos instrumentos pueden establecer el cómputo de la jornada máxima sobre promedios, siempre que los descansos legales sean respetados.

Indemnizaciones por despido: la ley mantiene el criterio de un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los últimos doce meses. Pero a diferencia de la normativa vigente, se excluyen del cálculo conceptos no mensuales, como el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) y premios extraordinarios. El monto máximo no podrá superar tres veces el salario promedio previsto en el convenio colectivo correspondiente y no podrá ser menor al 67% de la remuneración mensual habitual, ni inferior a un mes de sueldo. Si el trabajador no está amparado por un convenio, se aplicará el tope más favorable del establecimiento. También se contempla el pago en cuotas de las indemnizaciones fijadas por sentencia judicial: hasta seis cuotas mensuales para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas empresas, ajustadas por inflación más un 3% de interés anual.

Además, la ley establece que la indemnización será la única reparación por despido sin causa y fija un nuevo esquema de actualización de créditos laborales que contempla el IPC más un 3% anual.

Fondo de Asistencia Laboral (FAL): el fondo asistirá a las empresas con el pago de las indemnizaciones y estará nutrido de contribuciones mensuales obligatorias: las grandes empresas deberán aportar el 1% de las remuneraciones brutas de cada trabajador, mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) aportarán el 2,5%.

Respecto a los salarios, la reforma incorporó el “salario dinámico”, que puede ser pactado en los convenios colectivos y que ata la remuneración al rendimiento o mérito individual. Asimismo, se estableció que el pago deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria.

Convenios colectivos: los acuerdos firmados dentro de una empresa o en una región podrán tener prioridad sobre los convenios colectivos de toda una actividad.

También cambia la llamada “ultraactividad”. Antes, cuando un convenio vencía, sus condiciones seguían vigentes automáticamente hasta que se firmara uno nuevo. Con la reforma, esa continuidad se debilita, por lo que algunas condiciones podrían dejar de aplicarse si el convenio no se renueva.

Por último, se mantiene la cuota solidaria sindical, que es un aporte que pagan algunos trabajadores aunque no estén afiliados al sindicato. Ese descuento seguirá haciéndolo el empleador, pero ahora tendrá un límite máximo del 2% del salario mensual.

Trabajadores de plataforma: establece que las personas que manejan o hacen repartos a través de estas plataformas son trabajadores independientes, no empleados de las empresas. Por eso pueden decidir cuándo conectarse, cuánto tiempo trabajar y si aceptan o no cada viaje o pedido.

Al mismo tiempo, la norma fija algunas obligaciones: los repartidores o conductores deben estar inscriptos y pagar sus propios impuestos y aportes, mientras que las plataformas deben brindar información clara sobre los viajes o entregas, permitir la libertad de conexión y ofrecer canales de atención para resolver problemas. También se establece que las propinas son totalmente para el trabajador.

Derecho a huelga: los servicios declarados esenciales deberán asegurar un funcionamiento del 75% mientras que la nueva categoría de trascendentales deberán mantener una cobertura del 50%. El listado de servicios esenciales se expande para incluir más actividades, como la educación en sus tres niveles. Además, las asambleas en los lugares de trabajo deberán contar con autorización previa del empleador.

Blanqueo laboral: para regularizar la situación de los trabajadores informales se eximirá de hasta un 70% de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social. Por otro lado, el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), reducirá las cargas patronales para empleadores que registren nuevos trabajadores, con un 8% de descuento en los tributos sociales.

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Docentes universitarios amenazan con un paro durante una semana

Sería del 16 al 20 de marzo. Otros proponen que sea por tiempo indeterminado.

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Sindicatos universitarios anunciaron un paro a partir del 16 de marzo, que podría extenderse, en principio, hasta el viernes 20 inclusive.

No obstante, la medida de fuerza podría ser por tiempo indeterminado tal como lo plantean algunas organizaciones, y principalmente desde la UBA.

El sector reclama una urgente recomposición salarial y la implementación de la Ley de Financiamiento Universitario, inicialmente vetada por el presidente Javier Milei.

Para los gremios, el Ejecutivo está incumpliendo la norma al no reconocer plenamente los incrementos de presupuesto y los ajustes salariales que ahí se establecen.

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El recuerdo de la mamá de Daiana a 12 años de su muerte

El 5 de marzo de marzo de 2014 Daiana estaba en el Parque de Mayo cuando una rama le cayó encima.

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Hoy se cumplen 12 años de la muerte de Daiana Herlein, la menor de 15 años que falleció al caerle encima la rama de un árbol en el interior del Parque de Mayo.

Su mamá, Lorena Zerneri, publicó un emotivo posteo en homenaje a su hija: “Daiana 12 años! Amarla, recordar sus risas, extrañarla y honrarla, es mi destino!!”

La muerte de Daiana, el caso que destapó negligencia de algunos funcionarios públicos

La rama que cayó encima de la adolescente provenía de un ejemplar enfermo que tenía un expediente pero que fue cajoneado, y por tal motivo, distintos funcionarios recibieron condenas.

El ex titular de Parques, Marcelo Caramelli, recibió 5 años de prisión, mientras que a Marcelo Lenzi, por entonces responsable de la Agencia Urbana, se le aplicó una multa de 12 mil pesos y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.

En tanto que la causa que tramitaba contra el secretario de Obras Públicas, Rubén Valerio; su subsecretario, Rubén Lazcano; y el secretario Privado, Martín Laplace, fue archivada. Según explicó el fiscal Marcelo Romero Jardín porque “no había posibilidades de avanzar”.

La actual responsable del Arbolado Urbano, Cristina Pistch, declaró en su momento que “Caramelli no tenía en cuenta los diagnósticos realizados por los diferentes especialistas que se desempeñaron bajo su cargo y hasta fue en contra de consideraciones técnicas que se le daban”.

Este caso fue emblemático para la ciudad y desnudó las falencias en la administración del área y del municipio.

Los padres de Daiana, Lorena Zerneri y Alejandro Herlein, tuvieron en ese momento un rol muy activo, acompañados por parte de la sociedad, a fin de buscar justicia.

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