Ahora
Discapacidad: el derecho a votar, recomendaciones y obligaciones de las autoridades
Este domingo son las PASO y hay algunos detalles a tener en cuenta para que sea igual para todos.
Poder votar es un derecho cívico que en nuestro país está contemplado a través de la Ley N°22.864, que dice en su artículo 1 que son electores los argentinos nativos y por opción, desde los dieciséis 16 años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los dieciocho 18, que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en esa norma.
Quedan exceptuados de hacerlo según la reglamentación del Código Electoral, los jueces y auxiliares que trabajen durante la jornada; aquellos que al momento de la elección se encuentren a 500 kilómetros de su lugar de voto designado, justificación mediante; quienes estén enfermos o imposibilitados por fuerza mayor (deben pedir un certificado expedido por su médico o el servicio hospitalario correspondiente); aquellos empleados de organismos públicos que estén en servicio; y no es obligatorio para mayores de 70 años.
En ese contexto, es un derecho también de todas las personas con discapacidad y es una obligación del Estado eliminar las barreras que impidan ejercerlo.
El día de la votación, tienen prioridad de voto sin necesidad de hacer la fila. Y a su vez, debe haber en todas las instituciones, medidas que permitan ayudarlas, tengan discapacidades visuales, auditivas, físicas, intelectuales y/o psicosociales, o sean adultos mayores, personas gestantes y/o electores/as con hijos.
Debe haber rampas, señales y distintos tipos de dispositivos en ese aspecto. Y la autoridad de mesa debe brindarles apoyo respetando en todo momento sus indicaciones.
Se recomienda en esos casos:
– Es importante que siempre se identifique diciendo su nombre y rol en las elecciones.
– Siempre debe dirigirse a la electora o elector y no a su acompañante.
– Debe consultarle a la persona si necesita asistencia y en caso afirmativo cómo desea ser ayudada. Ella sabrá comunicar sus necesidades.
– Si advierte que la persona tiene dificultades en su audición, deberá llamar su atención con una seña antes de hablarle o tocar suavemente su hombro. Siempre hablar de frente, de manera clara, pausada y sin gritar.
– Si la persona no comprende o viceversa, intentar comunicarse por otros medios. Por ejemplo, utilizando una lapicera y papel o a través de gestos.
– Cuando la autoridad de mesa asiste a una persona, deberá advertirle si hay escaleras, escalones u obstáculos. Si decide votar con su asistencia, le describirá verbalmente la ubicación de la/s boleta/s. No debe retirarse o dejarla sola sin avisarle.
– Hay que tener en cuenta que hay personas que utilizan medios gráficos como pictogramas para hacerse entender.
– La autoridad de mesa debe revisar el cuarto oscuro y fijarse que las boletas estén a una altura recomendable para que todas las personas tengan acceso a ellas.
– La urna no puede salir del establecimiento de votación. Si la persona no puede llegar hasta donde está ubicada su mesa, se le debe ofrecer votar en el COA (*).
– Las personas con discapacidad visual pueden usar bastones para desplazarse:
Personas con baja visión: utilizan bastón verde.
Personas con ceguera total: utilizan bastón blanco.
Personas con sordoceguera: utilizan bastón blanco con rojo.
– Si una persona asiste con un perro guía o de asistencia, debe permitirse su ingreso y permanencia al cuarto oscuro.
(*) Cuarto Oscuro Accesible:
El COA es un cuarto oscuro instalado en el espacio más cercano al ingreso del establecimiento y de más fácil acceso. Utilizarlo será decisión de la persona y de las condiciones de accesibilidad, pero ante todo, de sus necesidades y preferencias.
Si un elector o electora solicita votar en el COA, la autoridad de mesa deberá:
– Pedirle a su vicepresidente/a o al personal del Comando General Electoral el resguardo de tu mesa y trasladarte al COA con la urna, el sobre firmado y el padrón.
– Solicitar autorización a la autoridad de mesa del COA para que la persona ejerza allí su voto.
La autoridad de mesa del COA, tiene que:
– Observar que se encuentre instalado, señalizado y que estén las boletas ubicadas de modo tal que las personas con discapacidad o limitaciones tengan posibilidades de alcanzarlas.
– Si necesita ayuda puede solicitarla al personal del Comando General Electoral o al/a la delegado/a de la Justicia Nacional Electoral.
– Permitir utilizar el COA si la autoridad de otra mesa se lo solicita.
Voto asistido:
Las personas con discapacidad o limitaciones que tengan dificultades para emitir su voto, pueden hacerlo con la asistencia de una persona de su confianza o con la tuya. En ese caso la autoridad de mesa deberá:
– Acreditar y registrar los datos del DNI de la persona que acompaña y pedirle que firme en el espacio de observaciones del padrón.
– Si es ella quien asiste, deberá dejar anotada esta situación en las observaciones y firmar en el espacio asignado.
– El voto asistido puede utilizarse tanto en el COA como en el cuarto oscuro de la mesa donde la persona se encuentre inscripta.
Asistencia para la firma del padrón:
Si una persona tiene dificultades para firmar el padrón, la autoridad de mesa podrá ofrecerle la Plantilla Guía.
Tendrá que colocarla de modo tal que el espacio abierto se ubique sobre el recuadro para la firma del padrón. Cuando la persona ubique con sus dedos el espacio, deberá presionar la Plantilla Guía para que no se mueva mientras el/la elector/a firma.
Algunas personas pueden presentar dificultades en la lectura o la escritura. También pueden firmar de maneras diversas: con el pie, boca, etcétera. Si la persona no pudiera firmar, la autoridad de mesa deberá hacerlo por ella y dejar constancia de ello en el espacio de observaciones del padrón.
Ahora
Empresas y comercios bahienses piden a Arca suspender las ejecuciones y embargos
“Derrumbe del consumo y crecientes dificultades financieras en el sector”, justificaron.
La Corporación y la Cámara de Comercio de Bahía solicitaron formalmente a ARCA la suspensión transitoria de las ejecuciones fiscales y los embargos contra las pequeñas y medianas empresas.
Según explicaron, este pedido se da “en medio de un derrumbe del consumo y crecientes dificultades financieras en el sector”.
A través de un comunicado oficial, las entidades expresaron su “profunda preocupación” por la situación que atraviesan las pymes y reclamaron medidas urgentes para evitar cierres y preservar el empleo formal.
Además del freno a juicios y embargos, pidieron que ARCA diseñe regímenes de regularización acordes a la capacidad real de pago de las empresas “que al igual que un gran porcentaje de la población se endeudó a tasas astronómicas para enfrentar necesidades urgentes”.
Ahora
Qué empresa se quedó con el tramo de la ruta 3 ente Bahía y Ezeiza-Cañuelas
Tendrá durante 20 años la gestión de una carretera clave para la ciudad.
Se conoció el nombre de la empresa que va a tener a cargo la concesión de la ruta 3, Tramo Sur – Atlántico – Acceso Sur, que une Buenos Aires con nuestra ciudad.
El consorcio integrado por las firmas Concret Nor SA, Marcalba SA, Pose SA y Coarco SA fue el ganador una tarifa de $997 sin IVA. Y tendrá a cargo la gestión de esa red vial nacional por un periodo de 20 años.
Lo que resta resolver es qué cantidad de peajes va a tener el tramo de 651 kilómetros entre Bahía y Ezeiza-Cañuelas.
De acuerdo a trascendido, podrían estar en:
Gorchs, a la altura del kilómetro 144
Azul, en el km 290
Chillar, en el km 380
Tres Arroyos, en el km 490
Coronel Dorrego, en el km 591
Ahora
Prohíben al padre de la nena intoxicada con drogas acercarse a su hija
La medida judicial se hace extensiva también a su hermano.
El juez de Garantías, Guillermo Mércuri, le prohibió al padre de la nena de 12 años que fue internada por intoxicación de drogas y alcohol, acercarse a su hija.
Qué se sabe del caso de la menor de 12 años intoxicada con cocaína, alcohol y marihuana
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