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Aprueban la nueva regulación para el transporte de pasajeros en la ciudad

Taxistas y remiseros habían reclamado por la gran cantidad de opciones “truchas” y ante el inminente desembarco de la plataforma UBER.

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El Concejo Deliberante aprobó el proyecto que regula el transporte de personas únicamente en vehículos con habilitación municipal.

Esta se trata de una demanda elevada al Ejecutivo por organizaciones que nuclean a taxis y remises, alarmadas por la cantidad de opciones consideradas “truchas” y ante el inminente desembarco de la plataforma UBER.

La iniciativa establece que “la sola prestación del servicio de transporte de personas con vehículos sin habilitación municipal, constatada por la autoridad de aplicación, dará lugar al secuestro del vehículo y para su conductor la imposición de una multa graduable entre diez (10) y cincuenta (50) sueldos mínimos del personal municipal.

Además, se inhabilitará al responsable a conducir automotores por el plazo de ciento ochenta (180) días hábiles, contados a partir de la fecha en que la sentencia quede firme y consentida.

En caso de reincidencia, la multa a aplicar será entre quince (15) y sesenta (60) sueldos mínimos del personal municipal, con más la accesoria de inhabilitación para conducir por el plazo de trescientos sesenta días (360) hábiles.

El proyecto aclara además que en caso de no coincidir el titular registral del respectivo vehículo con la persona del conductor, “será impuesta sobre aquel idéntica sanción”.

La normativa abarca a taxi, remises, servicios ejecutivos, transporte escolar, servicios contratados en todas sus modalidades, transporte de personas con capacidades diferentes, transporte público y cualquier otro tipo de transporte privado de personas entre dos puntos fijos contratado a través de una plataforma y/o aplicación tecnológica y/o digital y/o telefónica, y todo otro servicio o modalidad y/o medio de pago utilizado para la contratación.

En ese contexto, se conformará un cuerpo de inspectores, que estará compuesto a largo plazo por 18 personas, y será coordinado por la Dirección de Ordenamiento Urbano, a cargo de Martín Moyano.

El proyecto:

BAHIA BLANCA, 22 de diciembre del 2020

Del: Intendente Municipal Héctor GAY

Al: Presidente Honorable Concejo Deliberante Dr. FERNANDO COMPAGNONI

Ref. Expte.0-6615-2020

Tengo el agrado de dirigirme a Usted, a fin de elevar a consideración de ese Honorable Cuerpo Deliberativo, el presente Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se propone establecer un sistema de sanciones para quienes presten servicio de transporte de personas sin la habilitación municipal correspondiente, por lo expuesto y considerando:

Que el servicio de traslado sin habilitación responde a un  tipo de servicio encuadrado en una competencia desleal hacia los taxis y remises teniendo en cuenta que carecen de regulación.

Que si bien es de público conocimiento que la calidad servicio y su el precio ha convertido al mismo en una alternativa atractiva respecto de los taxis y remises tradicionales, llevando a muchos clientes a preferirlo; tal como se expreso anteriormente los mismos carecen de regulaciones, las que hoy los vehículos habilitados tienen la obligación de cumplimentar para el desarrollo de la actividad.

Que el cumplimiento de la normativa garantiza entonces a los pasajeros a ser llevados con la seguridad que corresponde, a estar cubiertos por los seguros correspondientes, a los conductores a tener cubiertos sus derechos laborales, y a los titulares a tener los ingresos suficientes para mantener una actividad sustentable en el tiempo.

Que es jurisdicción del estado municipal el dictado de normas para la regulación del transporte de personas en el ámbito del municipio, y por ende para la sanción de aquellos que presten servicio sin cumplir con éstas reglamentaciones.

Por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo vería con agrado que ese Honorable Cuerpo quiera dar sanción favorable al siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1°) Establézcase que la sola prestación del servicio de transporte de personas con vehículos sin habilitación municipal, constatada por la autoridad de aplicación, dará lugar al secuestro del vehículo y para su conductor la imposición de una multa graduable entre diez (10) y cincuenta (50) sueldos mínimos del personal municipal, con más la accesoria de inhabilitación para conducir automotores por el plazo de ciento ochenta (180) días hábiles administrativo contados a partir de la fecha en que la sentencia quede firme y consentida.

En caso de reincidencia la multa a aplicar será entre quince (15) y sesenta (60) sueldos mínimos del personal municipal, con más la accesoria de inhabilitación para conducir por el plazo de trescientos sesenta días (360) hábiles.

Establézcase el sueldo mínimo del personal municipal en el equivalente al del grupo 06 obrero, clase 6, grado A con 30hs vigente al momento de la imposición de la infracción.

Artículo 2°) Constatada la infracción antes citada y de no coincidir el titular registral del respectivo vehículo con la persona del conductor, será impuesta sobre aquel idéntica sanción que la contemplada en el artículo anterior para el conductor. En tal caso las medidas se aplicarán por cada vehículo en infracción.

Artículo 3°) El servicio de transporte al que alude el artículo 1° comprende la modalidad de taxi, remis, servicios ejecutivos, transporte escolar, servicios contratados en todas sus modalidades, transporte de personas con capacidades diferentes, transporte público y cualquier otro tipo de transporte privado de personas entre dos puntos fijos contratado a través de una plataforma y/o aplicación tecnológica y/o digital y/o telefónica, y todo otro servicio o modalidad y/o medio de pago utilizado para la contratación.

Artículo 4°) La difusión por cualquier medio y formato y/o la oferta pública del servicio de transporte contemplado en el artículo 1°, constatada por la autoridad de aplicación, dará lugar a la imposición de una multa para las personas humanas y/o jurídicas responsables del hecho, graduable entre cincuenta (50) sueldos y ochenta (80) sueldos mínimos del personal municipal. En caso de reincidencia la multa a aplicar será entre setenta (70) y noventa (90) sueldos mínimos del personal municipal.

Artículo 5°) Si el contraventor se acogiese a un sistema de pago en cuentas de la multa aplicada, el secuestro del vehículo se mantendrá hasta tanto la misma sea cancelada.

Artículo 6°) De surgir de la normativa vigente sanciones de mayor gravedad que las fijadas por el artículo 3° de la presente, aquellas prevalecerán para su aplicación sobre este último precepto.

Artículo 7°) De forma.

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Quiénes ya pueden aplicarse la vacuna antigripal

La Provincia determinó un esquema escalonado.

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Empezó hoy en Bahía la campaña de vacunación antigripal.

Por disposición del gobierno de la Provincia, hasta el domingo 22 está destinada solo al personal de salud y mayores de 65 años.

A partir del lunes 23, se ampliará a niñas y niños de 6 a 24 meses, personas gestantes y puérperas, personas de 2 a 64 años con factores de riesgo, personal estratégico y también a personas en contacto con aves de corral.

No requiere orden médica y puede aplicarse junto a otras inmunizaciones de calendario; por lo tanto, se aconseja concurrir al vacunatorio con DNI y libreta de vacunación, para su chequeo por parte del equipo de salud.

La inmunización, que va a estar disponible en forma gratuita en todos los vacunatorios, reduce las complicaciones, hospitalizaciones, y muertes ocasionadas por la gripe en los grupos de mayor riesgo.

La estrategia de vacunación se lleva a cabo de manera escalonada; de acuerdo a la población más expuesta a sufrir mayores complicaciones.

La gripe o influenza es una enfermedad viral respiratoria muy contagiosa, que tiene mayor circulación en los meses más fríos del año. El virus se transmite de una persona a otra a través de gotitas provenientes de las vías respiratorias que se propagan al toser, estornudar o también a través de superficies u objetos contaminados con estas secreciones.

Por lo general, la recuperación es en una o dos semanas, pero puede provocar graves complicaciones en grupos poblaciones de riesgo que no estén vacunados.

Esquema:

1° etapa: Desde el 11/03

  • Personal de salud.
  • Mayores de 65 años.

2° etapa: A partir del 23/03

  • Niñas y niños de 6 a 24 meses.
  • Personas gestantes en cualquier trimestre de gestación.
  • Puérperas (preferentemente antes del egreso de la maternidad).
  • Personas de 2 a 64 años con factores de riesgo.
  • Personal estratégico.
  • Personas en contacto con aves de corral.

Vacunatorios: www.gba.gob.ar/vacunacion/muni

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Antonella consiguió la plata necesaria para comprar la prótesis

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Finalmente Antonella Huilipán logró juntar los $ 3.850.000 para poder comprar una pierna ortopédica.

Cabe recordar que fue amputada tras las heridas sufridas en el derrumbe de Bahiense del Norte, el 16 de diciembre del 2023, hecho en el que perdió la vida su marido, Bryan Ortega.

Si bien llevaba una buena recuperación y había conseguido una prótesis, tuvo distintas complicaciones por lo que debió ser intervenida quirúrgicamente y comenzar nuevamente.

En ese proceso, debió hacer una campaña para conseguir fondos para comprar una nueva prótesis y poder volver a caminar. Y con ayuda, lo acaba de lograr.

“Me operaron en octubre, aproximadamente los primeros días, por un neuroma que tenía que me generaba dolor y descargas constantes en el muñón, lo que impedía el uso de la prótesis. Después de 30 días en reposo y obviamente haciendo rehabilitación estoy lista para volver a usarla, pero mi muñón al cambiar la forma y el volumen, mi cono anterior de la prótesis no me sirve”, explicó.

Por otro lado, comsultada por la falta de obra social, explicó “he ido varias veces a Anses y me dicen que en este momento no están dando pensiones por discapacidad. Y por el tema de mi marido, al no tener concubinato y no haber estado casados legalmente, obviamente no me puedo pensionar con su recibo de sueldo. Tengo pensionadas solo a las nenas.

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Enfermeras del Penna reconocidas en el Congreso por su trabajo en la inundación

Pertenecen al servicio de Neonatología, quienes salvaron la vida de varios bebés.

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Las enfermeras del servicio de Neonatología del Hospital Penna fueron distinguidas en el Congreso de la Nación.

El reconocimiento en la Cámara de Diputados fue por su labor durante la inundación que afectó a la Bahía el 7 marzo del año pasado, cuando lograron resguardar y salvar la vida de recién nacidos en medio de la emergencia.

El equipo recibió la Mención de Honor “Juan Bautista Alberdi”, una de las distinciones más importantes que otorga la Cámara baja, y que está destinada a personalidades o instituciones que se destacan por su aporte a la sociedad.

Durante la ceremonia se proyectó un video que recordó los momentos más dramáticos de aquella jornada en la que el personal de Neonatología del Penna decidió permanecer en el centro de salud mientras el agua ingresaba al edificio, con el objetivo de proteger a los recién nacidos internados.

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