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Cyber Monday: dos opciones para comprobar qué tan reales son las ofertas

Existen sitios que ayudan a verificar cuánto salían la semana anterior los productos publicados.

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Hasta el miércoles se lleva a cabo en todo el país una nueva edición del Cyber Monday, una iniciativa en la que distintas empresas y comercios lanzan importantes descuentos y mejores posibilidades de pago.

Sin embargo, puede haber trampas, como por ejemplo ofertas que no son tales.

Por eso, existen sitios que ayudan a verificar esos datos y a los que podés ingresar para cotejar. Y así, encontrar las mejores ofertas.

Uno es precialo.com.ar, una página que compara precios de diferentes tiendas y además encuentra a los productos que bajaron su valor esta semana.

Otra, historial.com.ar, que muestra el historial de precios de los productos para saber si realmente vas a pagar una oferta o lo mismo que hace unos días atrás.

En ese contexto, la Defensoría del Pueblo lanzó una serie de recomendaciones para comprar.

Antes de comprar:

No hacer clic en enlaces recibidos de desconocidos, ni en enlaces sospechosos enviados por amigos vía redes sociales o correo electrónico. Pueden ser maliciosos, creados para descargar malware en el dispositivo o para dirigirlo a páginas de phishing (robo de datos personales) que recopilan datos del usuario.

Verificar los datos de la empresa con la cual se pretende contratar (teléfono, domicilio legal, entre otros) para garantizarse que los sitios corresponden a las empresas que participan del CyberMonday. Es recomendable ingresar a través del sitio oficial (www.cybermonday.com.ar).

Esta información es importante para eventuales reclamos. También es importante comprobar que la dirección URL desde la cual se realiza la compra comience con “https” y que tenga un pequeño candado, en algunos casos verdes, y la consigna “Este sitio es seguro”.

Asimismo, se sugiere conectarse a redes WiFi conocidas y evitar las conexiones públicas.

Investigar previamente los productos que se pretenden comprar, de forma tal de comparar precios y tener suficiente información para decidir eficientemente respecto a la compra en cuanto a precio y calidad. También se recomienda revisar promociones bancarias y financiación, ya que muchos bancos ofrecen reintegros, cuotas sin interés y cuotas con bajo costo de financiación.

Prestar atención al costo de envío: es posible que existan productos con ofertas excelentes, pero con precios de envío excesivos.

Verificar las políticas de cambios y devoluciones de cada tienda para conocer las opciones en caso de, posteriormente, no estar conforme con el producto. También es importante tener presente el plazo de entrega de los productos.

Durante la compra:

Utilizar una sola tarjeta de crédito para todas las compras en línea y monitorear las transacciones. Si es posible, habilitar con el banco las notificaciones automáticas de SMS y/o correo electrónico por cada transacción realizada.

Tener presente que las tiendas tienen la obligación de publicar el precio completo del producto. Está prohibido publicar la leyenda “más IVA”. También, si el costo de transporte no está incluido, debe estar debidamente informado, junto con el precio de envío dependiendo del domicilio del comprador.

Recordar que el vendedor tiene la obligación, si se trata de una oferta por cantidades limitadas, de informarlo claramente, detallando las unidades disponibles y su distribución geográfica. La Ley de Defensa del Consumidor obliga a las empresas a cumplir con la oferta en caso de que la operación falle por culpa de los mecanismos de venta o falta de productos. Incluso, si eso ocurre, la tienda deberá mantener el precio una vez finalizado el tiempo de la promoción.

Realizar una captura de pantalla o imagen al momento de realizar la compra para resguardar las características ofrecidas, de manera de tenerlo en caso de tener que realizar un reclamo.

Después de la compra:

Hacer un correcto seguimiento del pedido a través de su número de seguimiento. En el momento de recibir el envío debe verificarse que el producto se encuentre en buen estado y, de no ser así, informarlo inmediatamente al vendedor.

La ley prevé una garantía de 3 meses para los productos usados y de 6 meses para los nuevos; y en ningún caso la empresa puede disminuir estos plazos.

Controlar el resumen de la tarjeta de crédito, a los fines de verificar que los montos correspondan efectivamente a las compras realizadas.

De existir alguna inconsistencia existe un plazo de 30 días para cuestionarlo. Deben guardarse la factura y el remito de entrega. De esta manera, se pueden evitar estafas.

Tener en cuenta el derecho a la revocación de la aceptación de ofertas. Esto implica que el consumidor tiene hasta 10 días para arrepentirse de la compra sin dar ningún tipo de explicación, tras lo cual el vendedor debe aceptar el bien y afrontar los gastos de devolución. A su vez, las empresas actualmente se encuentran emplazadas para modificar sus sitios web incorporando un “botón de arrepentimiento” que facilite la devolución del producto en estos casos.

En caso de tener inconvenientes con la compra, tanto la plataforma de CyberMonday como la empresa tienen la obligación de recepcionar y dar trámite a los reclamos.

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Múltiples demandas contra redes sociales por ser presuntamente nocivas y adictivas

La demanda central la hizo una joven de 20 años, que acusó a Meta, Google, Snapchat y Tiktok.

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Usuarios particulares, fiscales estatales y escuelas de Estados Unidos iniciaron demandas contra las redes sociales por ser nocivas y demasiado adictivas para los niños y adolescentes.

El caso se originó cuando una joven de ahora 20 años demandó a Meta, Google, Snapchat y TikTok,  afirmando haberse vuelto adicta a las redes sociales cuando era menor ,y agregando que las funciones como el “scroll infinito” agravaron su depresión y la llevaron a tener pensamientos suicidas.

Mientras que Snapchat y TikTok decidieron hacer acuerdos confidenciales, la empresa Meta, que reúne a Instagram, Facebook y Whatsapp, y Google se mostraron abiertas a declarar y defender sus aplicaciones.

De acuerdo con los abogados de la joven, llamada Kaley G.M, el uso prolongado de las redes no fue casual ni espontáneo, sino que resultó de un diseño pensado para mantener la atención del usuario durante largos periodos.

Según la teoría presentada por los defensores de la demandante, algunas funciones de las aplicaciones habían sido pensadas y creadas específicamente para generar dependencia psicológica, comparable a otras adicciones como el cigarrillo. Ejemplos de estos casos serían la reproducción automática de videos, los sistemas de recomendación basados en algoritmos, los filtros de belleza y la lógica del desplazamiento infinito que permite consumir contenido sin interrupciones.

Por su parte, los acusados argumentaron que ellos sólo brindan una muy buena experiencia a los usuarios, y que siempre priorizan la seguridad de los jóvenes a través de políticas de seguridad y herramientas de control parental. Además, incorporaron como parte de la defensa contenido que intenta demostrar que los problemas de salud mental de la demandante en realidad surgían de conflictos familiares y de presión académica, no de las redes ni de YouTube.

Este proceso judicial se desarrolla en un contexto en que el impacto de las redes sociales y las pantallas en general en los niños y adolescentes producen preocupación internacional. Muchos países e instituciones educativas están tomando medidas y estableciendo restricciones con el uso de teléfonos en la escuela, mientras que diversos estudios científicos comienzan a mostrar las consecuencias que estas aplicaciones pueden tener sobre la salud mental y el desarrollo cognitivo.

Varios especialistas dicen que las redes por sí mismas no son adictivas, sino que son herramientas de comunicación, y que ocupan el lugar que nosotros les damos. Más que demandar o prohibir, es necesario alfabetizar digitalmente, y no tomar a la tecnología como sustituto de la crianza.

Sin embargo, otros estudiosos de la cuestión sugieren que se debe hacer un abordaje integral de la problemática, ya que no solo los chicos se ven afectados en la autoestima, el desarrollo y la concentración, sino que son consecuencias que se ven en los adultos también. Para ellos, la pregunta es ¿quién tiene la responsabilidad real si las empresas diseñan algoritmos que buscan maximizar el consumo?

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Pitu Blázquez va a cruzar nadando el Río de la Plata en homenaje a las víctimas de la inundación

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Mauro “Pitu” Blázquez va a cruzar el sábado el Río de la Plata, en homenaje a las víctimas de la inundación de nuestra ciudad.

El nadador y acróbata bahiense va a hacer los 42 kilómetros que unen a Colonia (Uruguay) con Punta Lara (Ensenada).

Tiene previsto salir a las 6 de la mañana de tierrra charrúa y llegar a destino alrededor de las 18.

El trayecto va a ser extremo tanto por la distancia como por la temperatura del agua, oleajes y cambios de corrientes, entre otros factores.

Aquí tienes la transcripción del audio del video:

​”Intentaré cruzar el río más ancho del mundo, nadando. Será un ambiente un poco hostil pero es un desafío que se me planteó, que lo venía pensando y tomé esta decisión. Se cumplió un año de la inundación de los bahienses y se me ocurrió homenajearlos desde algún lugar a las víctimas y a los familiares de esta tragedia que vivimos y que claramente nos marcó y nos va a marcar de por vida”, contó.

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Reforma laboral: ya no hay Ley de Teletrabajo en Argentina

La reforma laboral ahora vigente dejó sin efectos los beneficios de la ley 27.555.

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El artículo 199 de la Ley de Modernización Laboral derogó la Ley 27.555, que desde 2020 regulaba el régimen legal del teletrabajo en Argentina. La decisión quedó establecida en el Título 27 de la nueva normativa, lo que implica que ya no existe un marco legal específico para esta modalidad de trabajo.

La ley derogada establecía reglas mínimas para quienes trabajaban de forma remota. Entre otras cuestiones, esa normativa garantizaba que las personas que trabajaban bajo teletrabajo tuvieran los mismos derechos y salario que quienes lo hacían de manera presencial.

También contemplaba aspectos como la desconexión digital fuera del horario laboral, la provisión de equipamiento y herramientas por parte del empleador, y la posibilidad de compatibilizar el trabajo con tareas de cuidado.

Con la derogación de esta ley, las condiciones del teletrabajo ya no estarán definidas por una normativa específica, sino que deberán ser acordadas entre el empleador y el trabajador en el contrato laboral o a través de convenios colectivos.

Esto significa que cuestiones como la jornada laboral, el uso de equipos, la compensación por gastos, la organización del trabajo remoto o la posibilidad de alternar con la presencialidad podrán establecerse de manera particular en cada relación laboral.

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