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Soler y Brandsen
3 de febrero y Las Heras
Ayolas y Munilla
Newton y Munilla
Israel y San Martín
Agustín de Arrieta y Rivadavia
Agustín de Arrieta y Edison
Montevideo y Brown
Montevideo y Darregueira
Montevideo e Italia
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Neuquén y Angel Brunel
Neuquén y Thompson
Misiones y Thompson
Tres Sargentos y Saliquello
Sarratea y Hernandarias
Necochea y Victorica
Remedios de Escalada y Hernandarias
Belgrano y Hernandarias
Maestro Piccioli y Azurduy
Azurduy y Libertad
Arias y Piccioli
Arias y Tarapacá
Cabo Farina y Sáenz Peña
1810 y Levalle
1810 y Nueva Provincia
Levalle y Honduras
Los Mayas y Pueblos Andinos
Chubut y Vidal
Ecuador y Vidal
Estados Unidos y Vidal
Teniente Farias y Undiano
Undiano y Tierra del Fuego
Teniente y Farías y 25 de Mayo
Bermúdez y Cortalezzi
Teniente Farías y Misiones
Azurduy y Tarapacá
Tierra del fuego y Tarapacá
Capitán Montero y Fournier
Balboa 2850
Goleta la Luisa y Río Atuel
Francia y Santa Cruz
Inglaterra y Río Atuel
Pacifico y Av Buenos Aires
Líbano y Adrián Veres
2da Don Bosco y a Veres
Richieri y Blandengues
Richieri y Patricios
Catamarca y 17 de Mayo
Ahora
Reforma laboral: otro fallo declara inconstitucional el artículo sobre indemnizaciones
Es el segundo en una semana. El gobierno podría apelar.
Un nuevo fallo judicial volvió a poner en discusión uno de los puntos clave de la reforma laboral aprobada recientemente.
El Tribunal del Trabajo N°3 de La Plata declaró inconstitucional el artículo 55 de la ley, que regula el cálculo y la actualización de las indemnizaciones laborales, y se sumó así a una resolución similar dictada días atrás por un juez en Córdoba.
La sentencia, que se conoció este lunes, sostiene que la norma vulnera derechos constitucionales de los trabajadores. En particular, los magistrados consideraron que el artículo cuestionado contradice principios establecidos en los artículos 14 bis, 16 y 17 de la Constitución Nacional, vinculados a la protección del trabajo, la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.
El caso se originó a partir de la demanda de un trabajador que se consideró despedido debido a la falta de registración de la relación laboral, la ausencia de tareas asignadas y el incumplimiento en el pago de salarios.
En ese contexto, el tribunal resolvió que la indemnización debía calcularse según el régimen previo a la reforma y no bajo el nuevo mecanismo previsto por la ley.
El artículo 55 de la reforma laboral establece un sistema para actualizar los créditos laborales en juicios por despido que ya estaban en trámite al momento de entrar en vigencia la norma.
Según especialistas del fuero laboral, ese esquema podía reducir entre un 20 % y un 60 % el monto final de las indemnizaciones respecto de los criterios que venían aplicando distintos tribunales.
Este nuevo fallo representa otro revés judicial para la normativa impulsada por el Gobierno nacional. La semana pasada, un juez laboral de Córdoba ya había declarado inconstitucional el mismo artículo al considerar que generaba un trato desigual entre trabajadores según la fecha en que iniciaron sus demandas.
Con estas decisiones, la discusión sobre la validez constitucional de uno de los ejes centrales de la reforma laboral comienza a trasladarse al ámbito judicial y podría terminar siendo definida por la Corte Suprema si el Gobierno decide apelar las resoluciones.
Ahora
Alerta amarilla por tormentas durante la noche y madrugada
El fenómeno podría comenzar pasadas las 21 horas.
A partir de las 21 horas es probable que comience a ingresar a Bahía un frente de tormentas que se desarrolle durante la noche y madrugada.
No se descartan que sean con intensas ráfagas de viento, ocasional caída de granizo y chaparrones.
Habrá vientos predominantes del sector norte, cambiando al oeste y en aumento, con intensidades entre 20 y 40 km/h, y ráfagas de hasta 60 km/h.
Los acumulados de agua podrían alcanzar entre los 15 a 50 mm.
Ahora
Taxistas se quejaron por la flexibilidad para choferes y vehículos de aplicaciones
Fueron a protestar al municipio. Aseguran que están en desventaja.
La semana pasada se reglamentó en Bahía el registro de autos y choferes de plataformas, tipo Uber.
El trámite es finalmente más sencillo y con menos requisitos que la ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante.
Así sucedió luego de insistentes reclamos de los propios trabajadores interesados.
Sin embargo, la novela no terminó, ya que ahora son los taxistas quienes fueron al municipio a expresar sus reclamos.
En grupo y gran malestar, fueron a exigir que se haga cumplir la ordenanza. Sostienen que se hicieron modificaciones de último momento que terminaron beneficiando a los conductores de aplicaciones y los dejó en desventaja y en una competencia desigual.
Después de una larga espera fueron recibidos por funcionarios.
Cómo y cuándo inscribirse en el registro para choferes de plataformas
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