Ahora
Reforma laboral: otro fallo declara inconstitucional el artículo sobre indemnizaciones
Es el segundo en una semana. El gobierno podría apelar.
Un nuevo fallo judicial volvió a poner en discusión uno de los puntos clave de la reforma laboral aprobada recientemente.
El Tribunal del Trabajo N°3 de La Plata declaró inconstitucional el artículo 55 de la ley, que regula el cálculo y la actualización de las indemnizaciones laborales, y se sumó así a una resolución similar dictada días atrás por un juez en Córdoba.
La sentencia, que se conoció este lunes, sostiene que la norma vulnera derechos constitucionales de los trabajadores. En particular, los magistrados consideraron que el artículo cuestionado contradice principios establecidos en los artículos 14 bis, 16 y 17 de la Constitución Nacional, vinculados a la protección del trabajo, la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.
El caso se originó a partir de la demanda de un trabajador que se consideró despedido debido a la falta de registración de la relación laboral, la ausencia de tareas asignadas y el incumplimiento en el pago de salarios.
En ese contexto, el tribunal resolvió que la indemnización debía calcularse según el régimen previo a la reforma y no bajo el nuevo mecanismo previsto por la ley.
El artículo 55 de la reforma laboral establece un sistema para actualizar los créditos laborales en juicios por despido que ya estaban en trámite al momento de entrar en vigencia la norma.
Según especialistas del fuero laboral, ese esquema podía reducir entre un 20 % y un 60 % el monto final de las indemnizaciones respecto de los criterios que venían aplicando distintos tribunales.
Este nuevo fallo representa otro revés judicial para la normativa impulsada por el Gobierno nacional. La semana pasada, un juez laboral de Córdoba ya había declarado inconstitucional el mismo artículo al considerar que generaba un trato desigual entre trabajadores según la fecha en que iniciaron sus demandas.
Con estas decisiones, la discusión sobre la validez constitucional de uno de los ejes centrales de la reforma laboral comienza a trasladarse al ámbito judicial y podría terminar siendo definida por la Corte Suprema si el Gobierno decide apelar las resoluciones.
Hoy es la segunda jornada de un feriado doble, el jueves por el Día de la Independencia y hoy con fines turísticos.
Para el próximo no habrá que esperar demasiado, ya que es el mes próximo.
Agosto tendrá un fin de semana largo, ya que el lunes 17 se va a conmemorar el paso a la inmortalidad del general José de San Martín.
Proyectando lo que viene, en septiembre no habrá ninguno, aunque el viernes 11 y el lunes 21 no habrá clases por los días del Maestro y el Estudiante.
Ya en octubre sí, se viene otro fin de semana largo: el lunes 12, Día del Respecto a la Diversidad Cultural.
En noviembre, otro: Día de la Soberanía Nacional el lunes 23. Y en diciembre, también, y por duplicado: lunes 7 puentes y martes 8 Día de la Inmaculada Concepción, y el viernes 25 Navidad.
Ahora
Elevan a juicio oral la causa por el derrumbe en Bahiense del Norte
El derrumbe dejó como saldo 13 personas fallecidas y otras tantas discapacitadas.
Irá a juicio oral la causa por el derrumbe en Bahiense del Norte que dejó como saldo 13 personas fallecidas y otras tantas discapacitadas.
Esto sucedió el 16 de diciembre del 2023 y las víctimas fatales fueron Juliana Barquero, Adriana María Contento, Norma Gladys Nieto, María Laura Rodríguez, Federico Luis Dúo, Diego Carrasco, Luis Pérez, Juana Graciela Danszyt, Rosa Figueroa, Bryan Ortega, Diego Cassati, Rubén Baldi y Benicio Baldi.
Así lo resolvió la justicia de Garantías, en contra del presidente del club, Leandro Ginòbili; del ingeniero Pablo Ascolani; y de la ex jefa de Habilitaciones del municipio, Laura Soberón.
Ginóbili, está imputado del delito de estrago culposo agravado por la muerte,y por la puesta en peligro de muerte, en concurso ideal con lesiones leves culposas y lesiones graves culposas, agravadas por la pluralidad de víctimas.
Para el fiscal Cristian Aguilar, el dirigente sabía que la entidad estaba funcionando sin habilitación, y pese a ser notificadas las autoridades para completar los requisitos y documentación, no lo hicieron y dejaron el trámite sin avances.
A su vez, pese al alerta naranja comunicado por el Servicio Meteorológico Nacional y el municipio, decidieron avanzar con el festival de patín programado para la jornada.
Ascolani, por su parte, por estrago culposo agravado por la muerte, además de lesiones leves y graves culposas, todo en un mismo hecho y agravado por la cantidad de víctimas.
La imputación se basa en que el ingeniero había presentado informes técnicos favorables sobre la estructura que luego se desmoronó.
Por último, Soberón, por incumplimiento de los deberes de funcionario público.
El fiscal determinó que la funcionaria permitió la continuidad de diversas actividades masivas dentro de la entidad deportiva, pese a lo previsto en el Código de Habilitaciones donde se excluye expresamente a los clubes, de la permisibilidad de funcionamiento de las actividades, las que no deberán iniciarse ni ser libradas al público sus instalaciones, hasta que cuenten con la habilitación expresamente acordada.
Cabe recordar que además, hay una investigación paralela de esta causa, que involucra a los directivos del club y a peritos oficiales, y presuntos vínculos entre ellos.
Ahora
ADUNS cuestiona los cálculos del Gobierno para actualizar los salarios universitarios
Según el dirigente Zaninelli, se trata de errores matemáticos que reducirían el aumento salarial.
La Asociación de Docentes de la Universidad Nacional del Sur (ADUNS) cuestionó la forma en que el Gobierno nacional calcula la actualización salarial prevista en el artículo 5 de la Ley de Financiamiento Universitario (LFU). Según el dirigente Sergio Zaninelli, la nota enviada por el subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Álvarez, al secretario de Educación, Carlos Torrendell, contiene errores que terminan reduciendo el aumento que deberían percibir docentes y nodocentes.
El análisis surge a partir de una nota oficial en la que Álvarez solicita un refuerzo presupuestario y explica cómo el Gobierno planea cumplir con la medida cautelar que mantiene vigente el artículo 5 de la ley.
Según Zaninelli, el principal problema es que el Gobierno toma como fecha de inicio de la actualización salarial junio de 2026, cuando la ley establece que debía comenzar a aplicarse desde noviembre de 2025, el mes siguiente a su promulgación.
Además, sostiene que la comparación entre inflación y salarios está hecha con períodos distintos. Mientras la inflación se calcula entre diciembre de 2023 y agosto de 2025, los salarios se comparan hasta abril de 2026. Para ADUNS, esa diferencia reduce artificialmente la pérdida salarial y, por lo tanto, también el porcentaje de actualización.
De acuerdo con los números presentados por Álvarez, el incremento necesario sería del 23,02%. Sin embargo, Zaninelli afirma que, aplicando el artículo 5 tal como fue aprobado, el ajuste debería ser del 36,94%.
El dirigente también cuestiona que el Gobierno haya omitido una actualización correspondiente a mayo de 2026 y que haya trasladado esos mismos criterios de cálculo para los aumentos previstos entre junio y diciembre de este año.
Según el análisis de ADUNS, el mecanismo previsto por la ley contempla tres etapas: una recomposición inicial para recuperar la pérdida acumulada hasta agosto de 2025, actualizaciones mensuales para compensar el desfase entre inflación y salarios hasta mayo de 2026 y, desde junio en adelante, ajustes mensuales equivalentes a la inflación.
Por último, Zaninelli señaló que los aumentos acordados en la paritaria del 10 de junio deberían computarse como parte de esa actualización salarial, pero únicamente si antes se aplica correctamente el mecanismo previsto en el artículo 5 de la Ley de Financiamiento Universitario.
El análisis completo está en el perfil del sindicato:
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