Ahora
Juicio por jurado: qué puede pasar con el jubilado que mató a su nieto
Cuáles son las tres posturas y cómo funciona el tribunal.
Comenzó en Bahía el juicio al jubilado qué mató de cinco disparos a su nieto que lo estaba atacando a golpes.
Según su hija, y madre de la víctima (Brian Verna Batalla de 29 años), éste sufría problemas psiquiátricos.
Esta instancia del proceso judicial se desarrolla con un jurado de doce civiles, que deberá determinar la responsabilidad de Domingo Verna, de 78.
El hecho sucedió el 13 de julio del 2022 en un domicilio de calle Cobián al 600 y fue captado por una cámara de seguridad.
Para la defensa, representada por los abogado Ariel Zara y Juan Sebastián González, el hombre actuó en legítima defensa, soportó años de violencia y debe ser absuelto.
Para el fiscal Jorge Viego, fue un homicidio calificado con exceso en la legítima defensa, cuya pena máxima podría ser de 6 años.
En tanto que para abogado de la familia de la víctima, Ignacio Yazyi, fue un homicidio calificado, los disparos fueron a zonas vitales y merece la prisión perpetua.
Independientemente de que por su edad el acusado, en caso de ser condenado, permanecería en su casa, es importante recordar cómo se dirimen este tipo de juicios.
El jurado decide si hubo o no delito, pero la pena es establecida por un juez, en este caso Hugo de Rosa, que estará presente durante todo el proceso pero no puede intervenir en las audiencias.
Para declarar la culpabilidad, en la Provincia de Buenos Aires 10 de los 12 miembros deben estar de acuerdo. Y para una condena a prisión perpetua, se necesita la unanimidad.
Si la decisión es la inocencia, no puede ser apelada y la persona queda definitivamente absuelta.
¿Qué son los juicios por jurado?
Es un mecanismo del que participan ciudadanos que no pertenecen al poder judicial y resuelven sobre la inocencia o culpabilidad de los acusados.
Es una norma prevista por la Constitución Nacional desde 1853 y que se aplica en varias provincias.
Generalmente se utiliza esta herramienta en causas penales graves.
Están compuestos por 12 personas y 6 suplentes, respetando la paridad de género.
Su selección de hace a través de un sorteo a partir de una lista elaborada por la Justicia electoral sobre la base del padrón entre todos los ciudadanos mayores de 21 y menores de 75 años.
Las convocatorias llegan por notificación a los domicilios del padrón electoral.
Es una obligación y quien se niegue, sin justificación, puede ser buscado por la fuerza pública y apercibido.
La función es remunerada. Si sos empleado público o privado, tu empleador tiene que pagarte la jornada laboral por el tiempo que dure el juicio como si hubieses ido a trabajar.
No pueden ser parte miembros de fuerzas de seguridad, funcionarios electos o empleados del Poder Judicial, entre otros.
El fiscal o abogado defensor te pueden recusar cuando consideran que tu posición es imparcial al momento de tomar una decisión sobre el caso.
Uno de los fundamentos para defender este sistema es la lejanía que se supone, tienen los jueces profesionales con distintos estamentos de la población.
Ahora
Reforma laboral: otro fallo declara inconstitucional el artículo sobre indemnizaciones
Es el segundo en una semana. El gobierno podría apelar.
Un nuevo fallo judicial volvió a poner en discusión uno de los puntos clave de la reforma laboral aprobada recientemente.
El Tribunal del Trabajo N°3 de La Plata declaró inconstitucional el artículo 55 de la ley, que regula el cálculo y la actualización de las indemnizaciones laborales, y se sumó así a una resolución similar dictada días atrás por un juez en Córdoba.
La sentencia, que se conoció este lunes, sostiene que la norma vulnera derechos constitucionales de los trabajadores. En particular, los magistrados consideraron que el artículo cuestionado contradice principios establecidos en los artículos 14 bis, 16 y 17 de la Constitución Nacional, vinculados a la protección del trabajo, la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.
El caso se originó a partir de la demanda de un trabajador que se consideró despedido debido a la falta de registración de la relación laboral, la ausencia de tareas asignadas y el incumplimiento en el pago de salarios.
En ese contexto, el tribunal resolvió que la indemnización debía calcularse según el régimen previo a la reforma y no bajo el nuevo mecanismo previsto por la ley.
El artículo 55 de la reforma laboral establece un sistema para actualizar los créditos laborales en juicios por despido que ya estaban en trámite al momento de entrar en vigencia la norma.
Según especialistas del fuero laboral, ese esquema podía reducir entre un 20 % y un 60 % el monto final de las indemnizaciones respecto de los criterios que venían aplicando distintos tribunales.
Este nuevo fallo representa otro revés judicial para la normativa impulsada por el Gobierno nacional. La semana pasada, un juez laboral de Córdoba ya había declarado inconstitucional el mismo artículo al considerar que generaba un trato desigual entre trabajadores según la fecha en que iniciaron sus demandas.
Con estas decisiones, la discusión sobre la validez constitucional de uno de los ejes centrales de la reforma laboral comienza a trasladarse al ámbito judicial y podría terminar siendo definida por la Corte Suprema si el Gobierno decide apelar las resoluciones.
Ahora
Alerta amarilla por tormentas durante la noche y madrugada
El fenómeno podría comenzar pasadas las 21 horas.
A partir de las 21 horas es probable que comience a ingresar a Bahía un frente de tormentas que se desarrolle durante la noche y madrugada.
No se descartan que sean con intensas ráfagas de viento, ocasional caída de granizo y chaparrones.
Habrá vientos predominantes del sector norte, cambiando al oeste y en aumento, con intensidades entre 20 y 40 km/h, y ráfagas de hasta 60 km/h.
Los acumulados de agua podrían alcanzar entre los 15 a 50 mm.
Ahora
Taxistas se quejaron por la flexibilidad para choferes y vehículos de aplicaciones
Fueron a protestar al municipio. Aseguran que están en desventaja.
La semana pasada se reglamentó en Bahía el registro de autos y choferes de plataformas, tipo Uber.
El trámite es finalmente más sencillo y con menos requisitos que la ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante.
Así sucedió luego de insistentes reclamos de los propios trabajadores interesados.
Sin embargo, la novela no terminó, ya que ahora son los taxistas quienes fueron al municipio a expresar sus reclamos.
En grupo y gran malestar, fueron a exigir que se haga cumplir la ordenanza. Sostienen que se hicieron modificaciones de último momento que terminaron beneficiando a los conductores de aplicaciones y los dejó en desventaja y en una competencia desigual.
Después de una larga espera fueron recibidos por funcionarios.
Cómo y cuándo inscribirse en el registro para choferes de plataformas
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