Interés general
Pidieron informes para saber si Pablo Cuchán puede volver a obtener la libertad condicional
Mató, descuartizó y quemó en una parrilla a Luciana Moretti en 2004.
Pablo Víctor Cuchán, condenado por matar, descuartizar y quemar en una parrilla a Luciana Moretti en 2004, podría recuperar la libertad en los próximos días luego de un pedido judicial que realizó su defensa.
Los jueces de la Sala I de la Cámara Penal bahiense emitieron una resolución para que una serie de peritos analice si está en condiciones de abandonar la cárcel o no, según publicó el periódico La Nueva..
Los ida y vuelta de la libertad de Cuchán comenzaron cuando fue liberado en abril de 2016 tras cumplir 11 de los 17 años de prisión por los que fue condenado.
Ahí se fue a vivir a Monte Hermoso, donde lo repudiaron y declararon persona no grata del balneario. Con el correr de los meses vivió distintas situaciones: una denuncia por violencia de género y un escrache por estar en la red social de búsqueda de citas Tinder.
En abril de 2019 le revocaron la libertad condicional luego de que una mujer denunciara que la intentó besar y ahorcar arriba de un auto. Una de las condiciones que tenía para gozar del beneficio era abstenerse de tomar alcohol. En ese episodio había quebrado ese punto.
Entonces, Cuchán volvió a la cárcel de Saavedra y se esperaba que cumpliera su condena hasta octubre de 2021.
Sin embargo, ahora se generaron varios planteos y presentaciones para que pueda volver a acceder al beneficio de la libertad condicional.
Se evaluarán informes “conductuales y técnicos” así como también prácticas psicológicas, psiquiátricas y socioambientales de Cuchán.
Ahora
Múltiples demandas contra redes sociales por nocivas y adictivas
La demanda central la hizo una joven de 20 años, que acusó a Meta, Google, Snapchat y Tiktok.
Usuarios particulares, fiscales estatales y escuelas de Estados Unidos iniciaron demandas contra las redes sociales por ser nocivas y demasiado adictivas para los niños y adolescentes.
El caso se originó cuando una joven de ahora 20 años demandó a Meta, Google, Snapchat y TikTok, afirmando haberse vuelto adicta a las redes sociales cuando era menor ,y agregando que las funciones como el “scroll infinito” agravaron su depresión y la llevaron a tener pensamientos suicidas.
Mientras que Snapchat y TikTok decidieron hacer acuerdos confidenciales, la empresa Meta, que reúne a Instagram, Facebook y Whatsapp, y Google se mostraron abiertas a declarar y defender sus aplicaciones.
De acuerdo con los abogados de la joven, llamada Kaley G.M, el uso prolongado de las redes no fue casual ni espontáneo, sino que resultó de un diseño pensado para mantener la atención del usuario durante largos periodos.
Según la teoría presentada por los defensores de la demandante, algunas funciones de las aplicaciones habían sido pensadas y creadas específicamente para generar dependencia psicológica, comparable a otras adicciones como el cigarrillo. Ejemplos de estos casos serían la reproducción automática de videos, los sistemas de recomendación basados en algoritmos, los filtros de belleza y la lógica del desplazamiento infinito que permite consumir contenido sin interrupciones.
Por su parte, los acusados argumentaron que ellos sólo brindan una muy buena experiencia a los usuarios, y que siempre priorizan la seguridad de los jóvenes a través de políticas de seguridad y herramientas de control parental. Además, incorporaron como parte de la defensa contenido que intenta demostrar que los problemas de salud mental de la demandante en realidad surgían de conflictos familiares y de presión académica, no de las redes ni de YouTube.
Este proceso judicial se desarrolla en un contexto en que el impacto de las redes sociales y las pantallas en general en los niños y adolescentes producen preocupación internacional. Muchos países e instituciones educativas están tomando medidas y estableciendo restricciones con el uso de teléfonos en la escuela, mientras que diversos estudios científicos comienzan a mostrar las consecuencias que estas aplicaciones pueden tener sobre la salud mental y el desarrollo cognitivo.
Varios especialistas dicen que las redes por sí mismas no son adictivas, sino que son herramientas de comunicación, y que ocupan el lugar que nosotros les damos. Más que demandar o prohibir, es necesario alfabetizar digitalmente, y no tomar a la tecnología como sustituto de la crianza.
Sin embargo, otros estudiosos de la cuestión sugieren que se debe hacer un abordaje integral de la problemática, ya que no solo los chicos se ven afectados en la autoestima, el desarrollo y la concentración, sino que son consecuencias que se ven en los adultos también. Para ellos, la pregunta es ¿quién tiene la responsabilidad real si las empresas diseñan algoritmos que buscan maximizar el consumo?
Ahora
Pitu Blázquez va a cruzar nadando el Río de la Plata en homenaje a las víctimas de la inundación
Mauro “Pitu” Blázquez va a cruzar el sábado el Río de la Plata, en homenaje a las víctimas de la inundación de nuestra ciudad.
El nadador y acróbata bahiense va a hacer los 42 kilómetros que unen a Colonia (Uruguay) con Punta Lara (Ensenada).
Tiene previsto salir a las 6 de la mañana de tierrra charrúa y llegar a destino alrededor de las 18.
El trayecto va a ser extremo tanto por la distancia como por la temperatura del agua, oleajes y cambios de corrientes, entre otros factores.
Aquí tienes la transcripción del audio del video:
”Intentaré cruzar el río más ancho del mundo, nadando. Será un ambiente un poco hostil pero es un desafío que se me planteó, que lo venía pensando y tomé esta decisión. Se cumplió un año de la inundación de los bahienses y se me ocurrió homenajearlos desde algún lugar a las víctimas y a los familiares de esta tragedia que vivimos y que claramente nos marcó y nos va a marcar de por vida”, contó.
Ahora
Reforma laboral: ya no hay Ley de Teletrabajo en Argentina
La reforma laboral ahora vigente dejó sin efectos los beneficios de la ley 27.555.
El artículo 199 de la Ley de Modernización Laboral derogó la Ley 27.555, que desde 2020 regulaba el régimen legal del teletrabajo en Argentina. La decisión quedó establecida en el Título 27 de la nueva normativa, lo que implica que ya no existe un marco legal específico para esta modalidad de trabajo.
La ley derogada establecía reglas mínimas para quienes trabajaban de forma remota. Entre otras cuestiones, esa normativa garantizaba que las personas que trabajaban bajo teletrabajo tuvieran los mismos derechos y salario que quienes lo hacían de manera presencial.
También contemplaba aspectos como la desconexión digital fuera del horario laboral, la provisión de equipamiento y herramientas por parte del empleador, y la posibilidad de compatibilizar el trabajo con tareas de cuidado.
Con la derogación de esta ley, las condiciones del teletrabajo ya no estarán definidas por una normativa específica, sino que deberán ser acordadas entre el empleador y el trabajador en el contrato laboral o a través de convenios colectivos.
Esto significa que cuestiones como la jornada laboral, el uso de equipos, la compensación por gastos, la organización del trabajo remoto o la posibilidad de alternar con la presencialidad podrán establecerse de manera particular en cada relación laboral.
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