Ahora
Masivo pañuelazo en Bahía en favor de la interrupción voluntaria del embarazo
Organizaciones y particulares salieron a respaldar el proyecto que el gobierno envió al Congreso.
Una masiva marcha se llevó a cabo hoy en Bahía Blanca, en respaldo al proyecto de interrupción voluntaria del embarazo, que el gobierno nacional envió al Congreso.
La concentración que comenzó en la Plaza Rivadavia tuvo como principales puntos de paso la Catedral y el palacio municipal. Fueron parte distintas organizaciones sociales, colectivos feministas, y particulares.
Presente allí, la médica y referente de la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir, Belén Ferro Moreno, defendió la iniciativa al sostener que pese a la ilegalidad que la práctica todavía supone, en la ciudad “los abortos se siguen practicando”.
“Las interrupciones continúan y lo que estamos debatiendo si eso va a ser dentro del sistema de salud, o en la clandestinidad”, agregó la también docente de la UNS.
En ese contexto, informó que reciben un promedio de 23 casos por mes y que se está otorgando la droga misoprostol, que brinda el Ministerio de la Salud de la Provincia.
El proyecto enviado a Diputados sostiene que las mujeres y otras personas con identidades de género con capacidad de gestar, tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana 14 inclusive. Y que fuera del plazo dispuesto, tiene derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo sólo en las siguientes situaciones:
1. Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente.
En los casos de niñas menores de 13 años de edad, la declaración jurada no será requerida.
2. Si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.
El documento refiere también a la Objeción de Conciencia, que establece que el o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo, tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. Y que a los fines del ejercicio de ésta, deberá:
1. Mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión.
2. Derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones.
3. Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica.
4. Cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas.
El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable.
No se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto.
El incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda.
Datos del Ministerio de Salud de la Nación del 2016, reportaron 39.025 egresos hospitalarios por abortos, aunque no se diferencian entre los inducidos y los espontáneos.
Ahora
Pronostican lluvias en Bahía para los próximos cinco días
De viernes a martes, según el Servicio Meteorológico Nacional. Serán con altas temperaturas.
El Servicio Meteorológico Nacional pronosticó varios días de lluvia a partir de este viernes, con posibilidad de extenderse hasta el martes inclusive.
El día en el que mayor agua caería sería el sábado, con chances de tormentas en cualquier momento del día.
Cabe aclarar que no se esperan fenómenos meteorológicos extremos.
Durante esas jornadas, la temperatura va a ser alta, promediando una máxima de 27º.
Ahora
Imputan a dos hermanas por vender un suplemento dietario perjudicial y con sellos falsos
Mientras las investigan, no pueden salir del país ni usar redes sociales.
La justicia local imputó a dos hermanas acusadas de comercializar un suplemento dietario en comprimidos presentado como quemador de grasas que, de acuerdo con los análisis técnicos efectuados, contenía sustancias peligrosas para la salud.
Ambas disimulaban el carácter nocivo del producto y utilizaban un sello falsificado de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) para darle apariencia de legalidad.
A Victoria Ramos, de 41, se la imputa como presunta autora de los delitos de comercialización de sustancias medicinales peligrosas para la salud (artículo 201 del Código Penal, que contempla una pena de entre 3 y 10 años de prisión) y uso de sello oficial falsificado (artículo 288, inciso 1, que prevé penas de entre 1 y 6 años de prisión), por dos hechos en concurso real.
En el caso de su hermana, Valeria Ramos (40) se le atribuyen los mismos delitos, pero como partícipe secundaria de un hecho.
La jueza federal de Garantías, María Gabriela Marrón, otorgó un plazo de 60 días hábiles para desarrollar la investigación.
Asimismo, para la principal imputada, dispuso medidas tales como la prohibición de salida del país y la obligación de presentarse semanalmente en la sede de la Policía Federal Argentina (PFA), así como la prohibición de uso de las redes sociales por las que se comercializaban los productos y el contacto con las clientas y los proveedores de las sustancias.
Respecto de su hermana, la jueza le impuso la promesa de someterse al proceso, con la obligación de comparecer cada vez que sea citada e informar, por intermedio de su defensa, cualquier cambio de domicilio.
Cómo comenzó el caso:
El caso se inició a partir de una denuncia presentada por la ANMAT ante la División Delitos contra la Salud Pública de la Policía Federal Argentina. Según se indicó, desde un perfil de la red social Instagram se promocionaba y comercializaba una sustancia prohibida bajo la denominación “Quemador Natural Viking’s, Natural Gym Receta por 30 comprimidos”. El envase, además, exhibía un rótulo con la leyenda “Producto autorizado por ANMAT”.
A partir del número telefónico ofrecido como contacto para la compra del producto, la fiscalía logró identificar a la titular de la línea, quien resultó ser la persona que lo comercializaba.
La investigación también permitió identificar perfiles en redes sociales, otras líneas telefónicas vinculadas y la participación de una segunda persona —la hermana de la imputada—, quien fue acusada como partícipe secundaria luego de establecerse que su domicilio funcionaba como punto de entrega de las sustancias y como remitente de envíos al interior del país.
Con esos elementos, la fiscalía solicitó órdenes de allanamiento para los domicilios de ambas imputadas, en una audiencia unilateral ante la jueza Marrón. Durante los procedimientos realizados el 17 de diciembre de 2025 se secuestraron teléfonos celulares, un cuaderno con anotaciones y 87 frascos del producto denominado “Quemador Natural”.
No obstante, con posterioridad se constató que la imputada principal, Valeria Ramos, continuaba con la comercialización de los productos, lo que motivó nuevos allanamientos, materializados el 26 de febrero del corriente año, también con resultados positivos.
Los damnificados:
En el marco de la investigación, se entrevistó a cuatro personas que habían adquirido el producto, quienes describieron distintos efectos adversos tras su consumo, entre ellos, retención de líquidos, mareos, migrañas intensas, taquicardia, desvanecimiento y constipación. Además, entregaron los envases en los que se encontraban los comprimidos, que incluían la inscripción “Producto autorizado por ANMAT”.
La División del Laboratorio Químico de la PFA, a pedido de la fiscalía, realizó los análisis sobre los comprimidos secuestrados y determinó que contenían mazindol e hidroclorotiazida. A la primera —incluida en el listado de estupefacientes de la Ley N°23.737— se la conoce como una droga “anoréxica” con una composición similar a la de las anfetaminas y considerada altamente perjudicial para la salud.
Por su parte, la hidroclorotiazida es un diurético tiazídico que debe utilizarse únicamente bajo indicación médica y que no posee función adelgazante, ya que no produce efectos sobre la grasa corporal. Los representantes del MPF explicaron que, al igual que el mazindol, su uso sin control médico implica riesgos graves para la salud.
Fuente: Fiscales.gob.ar
Ahora
Múltiples demandas contra redes sociales por ser presuntamente nocivas y adictivas
La demanda central la hizo una joven de 20 años, que acusó a Meta, Google, Snapchat y Tiktok.
Usuarios particulares, fiscales estatales y escuelas de Estados Unidos iniciaron demandas contra las redes sociales por ser nocivas y demasiado adictivas para los niños y adolescentes.
El caso se originó cuando una joven de ahora 20 años demandó a Meta, Google, Snapchat y TikTok, afirmando haberse vuelto adicta a las redes sociales cuando era menor ,y agregando que las funciones como el “scroll infinito” agravaron su depresión y la llevaron a tener pensamientos suicidas.
Mientras que Snapchat y TikTok decidieron hacer acuerdos confidenciales, la empresa Meta, que reúne a Instagram, Facebook y Whatsapp, y Google se mostraron abiertas a declarar y defender sus aplicaciones.
De acuerdo con los abogados de la joven, llamada Kaley G.M, el uso prolongado de las redes no fue casual ni espontáneo, sino que resultó de un diseño pensado para mantener la atención del usuario durante largos periodos.
Según la teoría presentada por los defensores de la demandante, algunas funciones de las aplicaciones habían sido pensadas y creadas específicamente para generar dependencia psicológica, comparable a otras adicciones como el cigarrillo. Ejemplos de estos casos serían la reproducción automática de videos, los sistemas de recomendación basados en algoritmos, los filtros de belleza y la lógica del desplazamiento infinito que permite consumir contenido sin interrupciones.
Por su parte, los acusados argumentaron que ellos sólo brindan una muy buena experiencia a los usuarios, y que siempre priorizan la seguridad de los jóvenes a través de políticas de seguridad y herramientas de control parental. Además, incorporaron como parte de la defensa contenido que intenta demostrar que los problemas de salud mental de la demandante en realidad surgían de conflictos familiares y de presión académica, no de las redes ni de YouTube.
Este proceso judicial se desarrolla en un contexto en que el impacto de las redes sociales y las pantallas en general en los niños y adolescentes producen preocupación internacional. Muchos países e instituciones educativas están tomando medidas y estableciendo restricciones con el uso de teléfonos en la escuela, mientras que diversos estudios científicos comienzan a mostrar las consecuencias que estas aplicaciones pueden tener sobre la salud mental y el desarrollo cognitivo.
Varios especialistas dicen que las redes por sí mismas no son adictivas, sino que son herramientas de comunicación, y que ocupan el lugar que nosotros les damos. Más que demandar o prohibir, es necesario alfabetizar digitalmente, y no tomar a la tecnología como sustituto de la crianza.
Sin embargo, otros estudiosos de la cuestión sugieren que se debe hacer un abordaje integral de la problemática, ya que no solo los chicos se ven afectados en la autoestima, el desarrollo y la concentración, sino que son consecuencias que se ven en los adultos también. Para ellos, la pregunta es ¿quién tiene la responsabilidad real si las empresas diseñan algoritmos que buscan maximizar el consumo?
-



Ahorahace 1 semanaConfirmaron las bandas que van a tocar en la Fiesta del Camarón y el Langostino
-



Ahorahace 6 díasA partir del año próximo, la sala de 3 del jardín será obligatoria en toda la Provincia
-



Ahorahace 1 semanaA partir de junio, las facturas de ABSA van a llegar sólo por correo
-



Culturahace 1 semanaEmpieza hoy la Fiesta del Trigo en Tres Arroyos
-



Ahorahace 3 díasQué bandas locales van a tocar en la Fiesta del Camarón y el Langostino
-



Ahorahace 1 semanaLa campaña de vacunación antigripal empieza el próximo lunes
-



Ahorahace 1 semanaCocinan 400 viandas semanales para personas vulnerables y necesitan ayuda
-



Interés generalhace 6 díasEntró en vigencia la nueva Ley Laboral: repasá cuáles son los cambios

























































