Ahora
Anularon la condena contra las empresas del Polo y Absa por la contaminación del estuario
La justicia consideró el fallo de “arbitrario” y “sesgado” y la causa irá a otra instancia.
La justicia anuló la condena contra las empresas acusadas de contaminar el estuario de Bahía.
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata calificó de “arbitrario” el fallo contra Unipar, Transportadora de Gas del Sur, Pampa Energía, Mega, Profertil, Cargill, PBB Polisur, Dow, ABSA, Consorcio de Gestión del Puerto y Azurix.
Este instaba a las partes demandadas por un grupo de pescadores artesanales a presentar planes de remediación y control, modificar parámetros de monitoreo y generar un fondo de 20 millones de pesos por daño moral colectivo.
Los jueces hicieron lugar a los cuestionamientos de las compañías y consideraron al fallo de la instancia anterior de “arbitrario”, “sesgado”, en el que se omitió “el tratamiento de cuestiones esenciales” y en el que se tomaron “conclusiones prematuras sin haber valorado íntegramente la prueba aportada”.
Puntualmente, la pericia de la Facultad de Agronomía de la Universidad de Buenos Aires había detectado una “variedad de material que en su conjunto ha provocado un daño ambiental al ecosistema”.
Incluso, un estudio del Instituto Argentino de Oceanografía (IADO), detectó sustancias tóxicas en el agua producto del vertido de efluentes sin tratamiento por parte de Absa, o por deficiencias en sus plantas de tratamiento.
A partir de ello, ordenaron a un juzgado de Necochea a pronunciarse dando “una adecuada respuesta que pondere íntegra y armónicamente las pretensiones y defensas esenciales de todos los sujetos involucrados” y que “valore el material probatorio con estricto apego a las reglas del debido proceso y los postulados de la sana crítica racional”. Y finalmente, que “emita un veredicto fundado y útil, con entidad para dirimir adecuada y efectivamente el fondo del asunto”.
El abogado defensor de la parte demandante, Lucas Beier, confirmó que va a apelar el fallo, y se presume que llegará a la Suprema Corte provincial.
El fallo:
Sentencia Cámara Apelaciones, anulación (1)
Hoy es la segunda jornada de un feriado doble, el jueves por el Día de la Independencia y hoy con fines turísticos.
Para el próximo no habrá que esperar demasiado, ya que es el mes próximo.
Agosto tendrá un fin de semana largo, ya que el lunes 17 se va a conmemorar el paso a la inmortalidad del general José de San Martín.
Proyectando lo que viene, en septiembre no habrá ninguno, aunque el viernes 11 y el lunes 21 no habrá clases por los días del Maestro y el Estudiante.
Ya en octubre sí, se viene otro fin de semana largo: el lunes 12, Día del Respecto a la Diversidad Cultural.
En noviembre, otro: Día de la Soberanía Nacional el lunes 23. Y en diciembre, también, y por duplicado: lunes 7 puentes y martes 8 Día de la Inmaculada Concepción, y el viernes 25 Navidad.
Ahora
Elevan a juicio oral la causa por el derrumbe en Bahiense del Norte
El derrumbe dejó como saldo 13 personas fallecidas y otras tantas discapacitadas.
Irá a juicio oral la causa por el derrumbe en Bahiense del Norte que dejó como saldo 13 personas fallecidas y otras tantas discapacitadas.
Esto sucedió el 16 de diciembre del 2023 y las víctimas fatales fueron Juliana Barquero, Adriana María Contento, Norma Gladys Nieto, María Laura Rodríguez, Federico Luis Dúo, Diego Carrasco, Luis Pérez, Juana Graciela Danszyt, Rosa Figueroa, Bryan Ortega, Diego Cassati, Rubén Baldi y Benicio Baldi.
Así lo resolvió la justicia de Garantías, en contra del presidente del club, Leandro Ginòbili; del ingeniero Pablo Ascolani; y de la ex jefa de Habilitaciones del municipio, Laura Soberón.
Ginóbili, está imputado del delito de estrago culposo agravado por la muerte,y por la puesta en peligro de muerte, en concurso ideal con lesiones leves culposas y lesiones graves culposas, agravadas por la pluralidad de víctimas.
Para el fiscal Cristian Aguilar, el dirigente sabía que la entidad estaba funcionando sin habilitación, y pese a ser notificadas las autoridades para completar los requisitos y documentación, no lo hicieron y dejaron el trámite sin avances.
A su vez, pese al alerta naranja comunicado por el Servicio Meteorológico Nacional y el municipio, decidieron avanzar con el festival de patín programado para la jornada.
Ascolani, por su parte, por estrago culposo agravado por la muerte, además de lesiones leves y graves culposas, todo en un mismo hecho y agravado por la cantidad de víctimas.
La imputación se basa en que el ingeniero había presentado informes técnicos favorables sobre la estructura que luego se desmoronó.
Por último, Soberón, por incumplimiento de los deberes de funcionario público.
El fiscal determinó que la funcionaria permitió la continuidad de diversas actividades masivas dentro de la entidad deportiva, pese a lo previsto en el Código de Habilitaciones donde se excluye expresamente a los clubes, de la permisibilidad de funcionamiento de las actividades, las que no deberán iniciarse ni ser libradas al público sus instalaciones, hasta que cuenten con la habilitación expresamente acordada.
Cabe recordar que además, hay una investigación paralela de esta causa, que involucra a los directivos del club y a peritos oficiales, y presuntos vínculos entre ellos.
Ahora
ADUNS cuestiona los cálculos del Gobierno para actualizar los salarios universitarios
Según el dirigente Zaninelli, se trata de errores matemáticos que reducirían el aumento salarial.
La Asociación de Docentes de la Universidad Nacional del Sur (ADUNS) cuestionó la forma en que el Gobierno nacional calcula la actualización salarial prevista en el artículo 5 de la Ley de Financiamiento Universitario (LFU). Según el dirigente Sergio Zaninelli, la nota enviada por el subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Álvarez, al secretario de Educación, Carlos Torrendell, contiene errores que terminan reduciendo el aumento que deberían percibir docentes y nodocentes.
El análisis surge a partir de una nota oficial en la que Álvarez solicita un refuerzo presupuestario y explica cómo el Gobierno planea cumplir con la medida cautelar que mantiene vigente el artículo 5 de la ley.
Según Zaninelli, el principal problema es que el Gobierno toma como fecha de inicio de la actualización salarial junio de 2026, cuando la ley establece que debía comenzar a aplicarse desde noviembre de 2025, el mes siguiente a su promulgación.
Además, sostiene que la comparación entre inflación y salarios está hecha con períodos distintos. Mientras la inflación se calcula entre diciembre de 2023 y agosto de 2025, los salarios se comparan hasta abril de 2026. Para ADUNS, esa diferencia reduce artificialmente la pérdida salarial y, por lo tanto, también el porcentaje de actualización.
De acuerdo con los números presentados por Álvarez, el incremento necesario sería del 23,02%. Sin embargo, Zaninelli afirma que, aplicando el artículo 5 tal como fue aprobado, el ajuste debería ser del 36,94%.
El dirigente también cuestiona que el Gobierno haya omitido una actualización correspondiente a mayo de 2026 y que haya trasladado esos mismos criterios de cálculo para los aumentos previstos entre junio y diciembre de este año.
Según el análisis de ADUNS, el mecanismo previsto por la ley contempla tres etapas: una recomposición inicial para recuperar la pérdida acumulada hasta agosto de 2025, actualizaciones mensuales para compensar el desfase entre inflación y salarios hasta mayo de 2026 y, desde junio en adelante, ajustes mensuales equivalentes a la inflación.
Por último, Zaninelli señaló que los aumentos acordados en la paritaria del 10 de junio deberían computarse como parte de esa actualización salarial, pero únicamente si antes se aplica correctamente el mecanismo previsto en el artículo 5 de la Ley de Financiamiento Universitario.
El análisis completo está en el perfil del sindicato:
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