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Empieza a regir el cupo laboral trans para la designación de auxiliares docentes

La norma establece que el sector público debe ocupar, en una proporción no inferior a 1 % de la totalidad de su personal, a personas travestis, transexuales y transgénero que cumplan las condiciones de idoneidad.

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El Consejo Escolar de Bahía informó que se comenzará a cumplir con la ley de Cupo Laboral Trans, para cargos de auxiliares reemplazantes y temporarios transitorios.

Se trata de la norma N° 14783, que establece en su artículo 1 que el sector público de la Provincia debe ocupar, en una proporción no inferior a 1 % de la totalidad de su personal, a personas travestis, transexuales y transgénero que cumplan las condiciones de idoneidad para el cargo.

Y a su vez, establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público.

La ley:

ARTÍCULO 1°.- Objeto. El Sector Público de la Provincia de Buenos Aires, debe ocupar, en una proporción no inferior al uno por ciento (1%) de la totalidad de su personal, a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo y establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público.

ARTÍCULO 2°.- Alcance de la aplicación. El Estado Provincial, sus organismos descentralizados, las empresas del Estado, las municipalidades, personas jurídicas de derecho público no estatal creadas por Ley, las empresas subsidiadas por el Estado y las

empresas privadas concesionarias de servicios públicos, están obligados a ocupar personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al uno por ciento (1%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por ellas, de acuerdo con las modalidades que fije la reglamentación.

Resérvense, además, las vacantes que se generen en los cargos correspondientes a los agentes que hayan ingresado bajo el régimen de la presente Ley, o que posteriormente se hayan incorporado a esta norma, para ser ocupadas en su totalidad y exclusivamente por personas travestis, transexuales y transgénero, de acuerdo a las condiciones de idoneidad previamente referidas. Dichas vacantes, no estarán sujetas a vulneración alguna en relación a su efectiva disponibilidad.

El porcentaje determinado en el primer párrafo será de aplicación sobre el personal de planta permanente, temporaria, transitoria y/o personal contratado cualquiera sea la modalidad de contratación. Asimismo y a los fines del efectivo cumplimiento del mínimo establecido, todos los Entes enunciados en el párrafo precedente, deberán comunicar a la Autoridad de Aplicación el relevamiento efectuado sobre el porcentaje aquí prescripto, precisando las vacantes existentes y las condiciones para el puesto o cargo que deba cubrirse.

ARTÍCULO 3°.- Autoridad de Aplicación. El Poder Ejecutivo designa la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.

ARTÍCULO 4°.- Incumplimiento. Los responsables de los organismos enumerados en el artículo 2°, en donde se verifique el incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en dicho artículo, incurrirán en falta grave de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 10.430.

ARTÍCULO 5°.- Requisitos. Se encuentran alcanzadas por los efectos de esta Ley las personas travestis, transexuales y transgénero, mayores de 18 años de edad, hayan o no accedido a los beneficios de la Ley N° 26.743 y que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo que deben ocupar de acuerdo a sus antecedentes laborales y educativos.

Para el caso de aquellas personas travestis, transexuales y transgénero que se han acogido a los beneficios de la Ley N° 26.743; deben acreditar únicamente constancia que certifique el beneficio asumido.

Para el caso de aquellas personas travestis, transexuales y transgénero que no se han acogido ni desean hacerlo a la Ley N° 26.743, deben acreditar solamente copia de su partida de nacimiento.

ARTÍCULO 6°.- No discriminación. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de su identidad de género.

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Críticas al proyecto que quiere formar un ente para mejorar la infraestructura de los clubes

La iniciativa fue calificada de “insólita” por un familiar de una víctima del derrumbe en Bahiense del Norte.

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Se presentó en el Concejo Deliberante un proyecto llamado Clubes Seguros, que propone crear un ente municipal que trabaje sobre la infraestructura de las instituciones deportivas.

La idea de Emiliano Álvarez Porte (PRO) y Luciano Cagiao (LLA) es que la comuna acompañe mediante una evaluación, diagnóstico y adecuación de las medidas de seguridad.

En Wips consultamos a Sebastián Mazza, quien perdió a su mujer junto a otras 12 personas en el derrumbe del 16 de diciembre del 2023 en Bahiense del Norte.

“Esto es insólito. Ya existe el Departamento de Obras Particulares por un lado, y el área de Habilitaciones por otro. Y hay una ordenanza que no se cumplió, por eso justamente la causa va a juicio”, cuestionó.

Según analizó el abogado, “parecería que quieren hacer como que esto no estaba regulado y es un disparate total. Acá violaron la ley y hubo muertos. Las cosas están mal hechas y no fueron controladas”.

“En Buenos Aires después de Cromañón se endurecieron los requisitos y controles. Y acá, en cambio, después del 16 de diciembre pretenden flexibiizar, nivelar para abajo.  Quieren justificar que los clubes siguen abiertos, especialmente Bahiense del Norte, donde murieron 13 personas y otras terminaron discapacitadas de por vida. Es una verguenza”.

Para Mazza, iniciativas de este tipo “lejos de mejorar la seguridad le busca allanar el camino al que está en falta. Quieren soslayar todos los requisitos que actualmente pide la dirección de Bomberos, por ejemplo”.

“Esto genera además una burocracia adicional y lo proponen los que dicen querer achicar el Estado. Paradójicamente lo quieren ampliar, generando un trato absolutamente desigual con el resto de las actividades y contribuyentes. Está orientado y direccionado para justificar la actualidad de quienes no cumplieron las normas y ocasionaron un desastre humano pocas veces visto”.

Cabe recordar que por esta causa, están procesados Leandro Ginóbili, presidente de Bahiense del Norte, Pablo Ascolani, ingeniero que garantizó con su firma la seguridad de la obra, y Laura Fabiana Soberon, responsable del área de Habilitaciones.

Ginóbili está imputado del delito de estrago culposo agravado por la muerte,y por la puesta en peligro de muerte, en concurso ideal con lesiones leves culposas y lesiones graves culposas, agravadas por la pluralidad de víctimas.

Ascolani está acusado de estrago culposo agravado por la muerte, además de lesiones leves y graves culposas, todo en un mismo hecho y agravado por la cantidad de víctimas. La imputación se basa en que el ingeniero había presentado informes técnicos favorables sobre la estructura que luego se desmoronó.

Y Soberón, por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Pero además, hay otra línea de investigación por los presuntos delitos de encubrimiento y falso testimonio.

A raíz del peritaje del teléfono del titular de la institución, el fiscal Christian Aguilar detectó posibles intentos de interferencias al encontrar comunicaciones entre los acusados, otros dirigentes (Darío Faure) y un perito (Enrique Gil).

El abogado Jorge Otharán, abogado de cuatro de las víctimas, explicó que “la prueba que fue surgiendo de los teléfonos que se peritaron, más lo que se escuchó durante las declaraciones testimoniales, dan cuenta de la posible comisión de nuevos delitos que que merecen ser investigados.

En ese sentido, puntualizó en que se encontró un mensaje del día 19 de diciembre, que surgió del celular de Ginóbili y que fue remitido por Faure, “en el que daría la impresión de que autoridades del club y el perito ingeniero civil Horacio Varela, se habrían reunido con Enrique Gil, que es uno de los peritos oficiales, a efectos de conversar con él para que incorpore a un nuevo peritaje la palabra ‘pero’, a efectos de minimizar las consecuencias”.

Para el representante legal, es un mensaje “bastante claro” en relación a que “habría habido una reunión entre Faure, Varela y Gil”.

“Da la impresión, por los mensajes y por la resolución que dictó Aguilar, que se debería investigar el delito de encubrimiento y falso testimonio. Pero eso no quiere decir que terminen imputados Enrique Gil, Horacio Varela, Darío Faure y Leandro Ginóbili.

Las víctimas fatales fueron: Juliana Barquero, Adriana María Contento, Norma Gladys Nieto, María Laura Rodríguez, Federico Luis Dúo, Diego Carrasco, Luis Pérez, Juana Graciela Danszyt, Rosa Figueroa, Bryan Ortega, Diego Cassati, Rubén Baldi y Benicio Baldi.

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Bolsas plásticas: una prohibición con resultados, pero varias medidas por tomar

En 2015, en Bahía se prohibió el uso de bolsas tipo “camiseta” en supermercados, y desde ahí, la conciencia por el cuidado no ha disminuido.

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En 2008 se sancionó la Ley 13868, que prohibía en toda la Provincia de Buenos Aires el “uso de bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional, utilizadas y entregadas por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general para transporte de productos o mercaderías”.

En la misma norma se estableció que esos materiales debían ser progresivamente reemplazados por contenedores de material degradable y/o biodegradable que “resulten compatibles con la minimización del impacto ambiental”.

Los establecimientos tenían 12 o 24 meses, desde la entrada en vigencia de la ley, para cumplir con la normativa.

Los fabricantes de bolsas, por su parte, tenían que adecuar su tecnología para abastecer a los establecimientos.

En la misma ley, se estableció, a su vez, que el incumplimiento de la misma podía traer diversas sanciones, desde apercibimientos y multas hasta el decomiso de las bolsas o la clausura temporal del lugar.

En 2025, la Provincia compartió en sus redes sociales un dato alentador: desde la implementación de la nueva ley, se había evitado el uso de 4.000 millones de bolsas.

Las medidas locales

En Bahía, recién en febrero de 2015 el Municipio firmó un convenio con los supermercados de la ciudad y distintas ONGs para eliminar la entrega de bolsas plásticas en esos comercios a partir del 2 marzo.

A pesar de que la ley regía para almacenes y comercios en general, en el partido sólo se limitaron a los supermercados y autoservicios.

La opinión de los distribuidores en Bahía

A más de una década del convenio, desde el sector comercial también se observan cambios. Uriel Milstein, propietario de la distribuidora local Gruny, señaló que la venta de las bolsas tipo “camiseta” efectivamente disminuyó, especialmente para grandes supermercados, aunque todavía se utilizan en comercios más pequeños por una cuestión de costos.

En muchos casos, estas bolsas fueron reemplazadas por las llamadas “ecológicas”, hechas de TNT.

Según el comerciante, aunque son reutilizables y más duraderas, no disminuyen exactamente el uso de plástico, ya que una bolsa ecológica pesa unas 20 bolsas de plástico tipo “camiseta”.

De todos modos, destacó un cambio cultural: cada vez más personas optan por no usar bolsas o llevar sus propias alternativas. Además, también crece el reemplazo de otros productos descartables por opciones biodegradables: “en el caso de los platos de plásticos, están surgiendo otras opciones, de producción nacional, que están hechos a base de fibras naturales y desperdicios de cosechas, y son apto para el contacto con comida, tienen buena rigidez y se pueden usar en el microondas”.

Un cambio que sigue en proceso

No se puede negar que el convenio entre el Municipio, los supermercados y las campañas de concientización generó un cambio en los hábitos de consumo. Sin embargo, todavía quedan desafíos pendientes.

Ampliar la aplicación de la ley a todos los comercios y avanzar sobre otros productos plásticos de un solo uso aparece como un paso necesario para profundizar el cuidado ambiental y sostener los avances logrados en estos años, porque el dato relevante es que este material sigue teniendo el mayor porcentaje en la basura que producimos.

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Qué cuestionan los taxistas y remiseros sobre los requisitos para las plataformas

Ayer fueron al municipio y hoy hicieron una conferencia de prensa.

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Taxistas fueron ayer al municipio a reclamar por la flexibilización que le otorgó el municipio a los choferes y vehículos de aplicaciones para ser habilitados.

Es que finalmente el trámite es mucho menos complejo que el aprobado por ordenanza. Y eso provocó malestar.

Referentes del Sindicato de Conductores de Taxis, Remises y Autos Contratados hicieron una conferencia de prensa en la que cuestionaron principalmente, el tiempo de adecuación de 1 año para los agentes de plataformas tipo UBER.

“Queremos igualdad de condiciones. Con esa transición se genera una vacío muy grande, entonces que se flexibilice para todos”, dijo Luis Tonín.

En ese sentido, el dirigente aclaró que se adaptan a todas las regulaciones que decidan el Ejecutivo y el Legislativo, pero que sea con las mismas condiciones para todos.

“Pedimos, para nuestro sector, que para habilitar a un chofer sea más flexible, que no se cobre el canon de transferencia, ni algunas tasas y servicios. Que sea equitativo para todos, que la flexibilización sea pareja”, agregó.

En ese sentido recordó que la ordenanza aprobada en diciembre daba dos meses para empezar y a los 20 días cambió.

“Nosotros no estamos de acuerdo con ese tema. Exigimos achicar el plazo de un año, porque está en contra del Concejo Deliberante; y segundo equiparar. Nosotros hoy vemos que la cancha está inclinada. Lo único que pretendemos es que la cancha esté al mismo nivel y que los plazos regulatorios sean más chicos.

Cómo y cuándo inscribirse en el registro para choferes de plataformas

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