Ahora
Ahora sí: el proyecto de tolerancia cero ya está en la Legislatura bonaerense
Las sanciones que prevé y las estadísticas que explican su próximo tratamiento.
La Legislatura Bonaerense ya tiene en su poder el proyecto para declarar tolerancia cero en toda la provincia y comenzará a tratarse en estos días.
La iniciativa fue impulsada por el ministro de Transporte, Jorge D’Onofrio, y prevé la modificación de la Ley 13.927 del Código de Tránsito.
“El alcohol disminuye no solo reflejos sino también fines inhibitorios, esa sensación de euforia y de que se puede hacer todo, que son elementos que causan desgracias vinculadas a la alcoholemia”, dijo semanas atrás el funcionario.
De esta manera se modificará el código afirmando que ““queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir o con una concentración de alcohol superior a cero (O) miligramos de alcohol”.
Así el porcentaje permitido de 0,5% en autos y camiones y de 0,2% en motos pasará a cero.
Estadísticas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, indican que en el año 2021 ocurrieron en la Provincia 757 siniestros viales fatales en los que perdieron la vida 844 personas en el lugar de los hechos.
Y a su vez, a nivel país, que se detectó consumo de bebidas alcohólicas en 1 de cada 4 incidentes viales.
Vale recordar que en Bahía Blanca el gobierno de Héctor Gay había presentado un proyecto similar, pero que frenó entendiendo que eran necesarias leyes superiores para su correcta implementación.
Tolerancia cero en Bahía: el oficialismo insiste con esperar una ley de fondo
¿Qué penalidades tiene la Ley de Alcohol Cero?
En caso de que un conductor/a sea encontrado con alcohol en sangre, el proyecto contempla distintos tipos de penalidades, según el grado de alcoholemia que presente, que van desde el arresto a la retención de la licencia y la inhabilitación para conducir:
– 3 meses para quienes posean alcoholemia superior a 0 y hasta los 0,49 miligramos por litro de sangre;
– 6 meses para conductores/as que tengan entre 0,5 y 0,99 de alcohol en el organismo;
– 12 meses de inhabilitación para conducir para quienes superen el 1% y lleguen hasta el 1,5%;
– 18 meses para el infractor o la infractora cuya cifra sea mayor al 1,5% de alcohol en sangre.
Además, deberán afrontar una multa; o bien, la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública, como alternativa.
En caso de incumplir con el pago de la multa, esta triplicará su valor. Por último, supone el “decomiso de los elementos cuya comercialización, uso o transporte en los vehículos esté expresamente prohibido”.
Wips Digital, con información propia y de Infocielo
Ahora
Allanamiento en Sport Club: “falta de medidas de seguridad” y “desgracia evitable”
El fiscal Cristian Aguilar se expresó tras un nuevo peritaje.
El fiscal Cristian Aguilar consideró que la muerte de un hombre en el gimnasio Sport Club fue “una desgracia evitable” y que se probó la falta “evidente” de medidas de seguridad.
Lo hizo tras finalizar un allanamiento en el centro deportivo de Av. Cabrera al 4100, acompañado por peritos y personal policial.
Además de realizar pericias, se buscó documentación vinculada a la franquicia, y su funcionamiento.
Hasta el momento no hay imputados y se confirmó que la habilitación temporaria estaba vencida.
La autopsia determinó que Roberto Cafasso murió debido a un traumatismo encefalocraneano grave. Por el momento se investiga como homicidio culposo.
Según testigos, el reconocido abogado estaba realizando ejercicios en el segundo piso y tras bajarse del elíptico e intentar agarrar una botella de agua, trastabilló y cayó, ya que no había contención y lo que hacía de pared era solo una gigantografía de plástico.
Se supo que el gimnasio tenía la habilitación provisoria vencida, y en ese marco el municipio comenzó una investigación interna.
El intendente Federico Susbielles ordenó revisar el camino del expediente administrativo en las áreas de Planeamiento Urbano, Habilitaciones y Fiscalización.
Ahora
Cuánto necesitó en mayo una familia bahiense para no quedar bajo la línea de pobreza
Una familia bahiense compuesta por un matrimonio y dos hijos en edad escolar necesitó en mayo $ 1.717.986 para no quedar bajo la línea de pobreza.
Así lo indica el último relevamiento difundido por el CREEBBA en relación a la Canasta Básica Total, y significa un 2 % más que en el mes anterior.
En este rubro, acumula un 14,6 % en lo que va del año.
Por otro lado, para alcanzar la Canasta Básica Alimentaria, que mide la indigencia, esa composición debió reunir $ 718.822, un 0,7 % más respecto de abril.
Ahora
Qué pena podrían recibir los jóvenes que mataron a patadas a la nutria
Se trata de Juan Bautista Bravo e Imanol Santerre, ambos de Huangelén.
La justicia está investigando a dos jóvenes que mataron al patadas a una nutria y lo filmaron todo.
Sucedió el sábado durante la madrugada y las imágenes se hicieron virales. De inmediato una agrupación proteccionista radicó una denuncia y luego el municipio se sumó como particular damnificado.
La acusación apunta a Juan Bautista Bravo e Imanol Santerre, ambos de 18 años, de Huangelén y estudiantes de la UTN.
Según se explicó desde fiscalía, los grados de responsabilidad son distintos ya que uno fue el que mató al animal (Bravo) y el otro el que captó las imágenes (Santerre).
Ninguno tiene antecedentes, y por este tipo de delito, no habría detenciones ni condena de cumplimiento efectivo. La pena consistiría en tareas comunitarias, asistencia a charlas sobre protección animal y obligación de tratamiento psicológico.
En Argentina, el maltrato animal es un delito contemplado en la Ley 14.346, que establece sanciones para quienes inflijan malos tratos o ejerzan actos de crueldad contra los animales.
La pena puede ser prisión de 15 días a 1 año.
- No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.
- Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que no sean de simple estímulo.
- Hacerlos trabajar jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado.
- Emplear animales en el servicio cuando no se encuentren en estado físico adecuado (heridos, enfermos, preñados o exhaustos).
- Estimularlos con drogas sin fines terapéuticos.
- Practicar la vivisección (experimentación en animales vivos) con fines que no sean científicos o cuando la experimentación no sea indispensable.
- Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que sea por necesidad quirúrgica, de higiene o por el bien del propio animal.
- Operar animales sin anestesia y sin poseer título de médico veterinario.
- Hacer experimentos con animales de manera pública o privada para causarles dolor o sufrimiento.
- Lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o matarlos por puro placer.
- Provocar la muerte de animales rumiantes haciéndoles ingerir sustancias tóxicas.
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