Ahora
De qué se trata el proyecto de reducción de la jornada laboral y cómo se podría aplicar en la Argentina
La iniciativa su suma a una tendencia mundial. Hablamos con Gustavo Muiños, abogado especialista en Derecho Empresario.
Ingresó en el Congreso un proyecto de ley que propone reducir a 40 horas semanales la jornada laboral, tanto para trabajadores del ámbito privado como público.
La iniciativa busca acoplarse a una tendencia mundial, donde incluso algunos países hasta quitaron un día hábil para fomentar el descanso, la recreación y el ocio, valorando al empleo por el nivel de productividad.
El autor de la propuesta es el diputado y dirigente sindical Hugo Yasky, quien aclaró que la norma debería implementarse sin bajar los salarios, y con el objetivo de “distribuir más equitativamente un bien escaso como el empleo, ante los alarmantes índices de desocupación”.
“Argentina tiene una de las jornadas laborales más extensas, de 48 horas semanales, fijada hace 101 años por Organización Internacional del trabajo. Esto posibilitaría una vida menos alienada para los trabajadores y beneficiaría a los grupos empresarios, ya que hay estudios que mostraron una mejora en la productividad a partir de la reducción de la jornada”, argumentó
Incluso, aseguró que también está estudiado un menor impacto en el medio ambiente, con bajas en los niveles de combustión, del gasto de energía y de la circulación de gente.
En Wips charlamos con el abogado Gustavo Muiños, especialista en Derecho Empresario, quien consideró que esta tendencia finalmente llegará a nuestro país, ya que “las ventajas para la salud y calidad de vida de los trabajadores son evidentes”.
No obstante, remarcó que la discusión entre los sectores patronales y sindicales, especialmente en el ámbito privado, “debe ser seria para ver de qué forma se podría implementar” debido a que “las experiencias de otras latitudes no son traspolables a la Argentina, donde existen complejidades que no se registran por ejemplo en Islandia y que operan cómo incentivos negativos en nuestro medio”.
Para Muiños, su implementación debería ser “progresiva y parcial”, y también “selectiva” en cuanto a los sectores a los que alcanza.
En ese sentido, opinó que la reducción de la jornada laboral “sin un correlato en la reducción salarial o de los costos asociados al empleo, como las cargas sociales u otros beneficios impositivos, conlleva un incremento implícito de los salarios y, posiblemente, redundará en mayores niveles de empleo sin registración”.
“Tendremos que hacer nuestra propia experiencia, con prudencia y con un ojo puesto en la experiencia de los países desarrollados, sin perder de vista las particularidades de nuestro caso. Los niveles de trabajo sin registración, el desempleo o subempleo en Argentina son muy elevados, y cualquier proyecto que se presente debe contemplar una mejora en dicho sentido”, añadió.
Por último, insistió en que si la propuesta contempla únicamente reducir la jornada laboral, con el objetivo de redistribuir el trabajo, y no se explica claramente cómo se van a compensar los mayores costos al sector empresario, “no parece que pueda progresar” y los mayores costos, como suele suceder,” se terminarán trasladando a los productos y servicios en perjuicio de toda la sociedad”.
La jornada laboral en otras partes del mundo:
Según estadísticas, América Latina tiene las jornadas establecidas por ley más largas. Países como el nuestro, Bolivia, Colombia, Costa Rica, México, Nicaragua, Panamá, Perú y Uruguay, van hasta las 48 horas.
Un poco más abajo, de 40 a 47 horas están Chile, Brasil, Cuba, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Venezuela y Ecuador.
Curioso es el caso de Estados Unidos, donde hay existe regulación al respecto.
En Australia, Dinamarca, Suiza, Francia y Alemania, el promedio es de 35, mientras que Holanda cuenta con la más baja, con 29. En cambio en lugares de Asia y Africa, pueden llegar hasta 52.
Ahora
Subió fuerte el desempleo en Bahía y supera los números de la pandemia
Hay 16 mil personas desocupadas y 14 mil que aceptarían trabajar más horas.
El desempleo en Bahía tuvo un fuerte aumento en el primer trimestre del año, en comparación con el último del 2025.
Entre enero y marzo la desocupación pasó del 7,8 % al 10,01 %. Es decir, pasó de afectar a 10 mil personas, a 16 mil, según el último informe presentado por el Instituto Nacional de Estadística y Censo.
Con estos números la ciudad está por encima de la media nacional, que fue del 7,8 %.
A su vez, hay 14 mil bahienses subocupados, que son aquellos que trabajan menos de 35 horas semanales y están dispuestos a hacerlo por más tiempo.
Desocupación 1T 2026Ahora
Argentina volvió a ganar de la mano de Messi y pasó a 16avos. de final
La Pulga hizo los dos del 2 a 0 ante Austria y la albiceleste es líder.
Argentina le ganó a Austria 2 a 0 y es líder del grupo J.
La albiceleste no jugó bien, pero tuvo nuevamente a un Lionel Messi determinante.
La Pulga, que erró un penal al inicio del partido, hizo los dos goles, a los 38 del primer tiempo y en el descuento final.
Con este resultado, Argentina ya se aseguró su pase a los 16avos de final.
Ahora, resta una partido más de la fase de grupo, el sábado 27 a las 23 horas, contra Jordania.
Ahora
Confirman una condena a la Provincia por un “femicidio evitable” en Bahía
El Estado bonaerense no la protegió adecuadamente pese a las denuncias.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme una condena contra la Provincia de Buenos Aires por no haber protegido adecuadamente a una mujer que durante años denunció amenazas y hostigamientos antes de ser asesinada.
La decisión ratificó una sentencia que atribuyó responsabilidad al Estado bonaerense por no haber actuado de manera eficaz frente a una situación de riesgo que había sido advertida a través de reiteradas denuncias.
La causa se originó tras el femicidio de Delfina “Petty” Curuil, ocurrido en Bahía en marzo de 2009. Según surge del expediente judicial, la víctima había acudido en numerosas oportunidades a las autoridades para denunciar amenazas y situaciones de violencia. Sin embargo, los mecanismos de protección desplegados resultaron insuficientes para evitar el desenlace fatal.
La víctima, de 62 años, fue degollada el 2 de marzo en su propia casa (Pacífico 1329, barrio Pampa Central) por Adrián Gon, de 25 años, en venganza porque el hijo de la mujer había matado a su hermano, José Feliciano Gon. Antes de atacarla, el sujeto habia hecho llegar sus amenazas. La mujer lo denunció varias veces y pidió ayuda, pero no la asistieron.
La resolución adquiere relevancia porque trasciende el caso particular y abre el debate acerca de las obligaciones que tiene el Estado frente a situaciones de violencia de género denunciadas previamente.
En este caso, los jueces entendieron que existían elementos suficientes para advertir el peligro que corría la víctima y que las respuestas institucionales no estuvieron a la altura de las circunstancias.
La responsabilidad del Estado bonaerense
La demanda fue impulsada por familiares de la víctima, quienes reclamaron una reparación económica tanto al autor material del crimen como a la Provincia de Buenos Aires. Durante el proceso judicial sostuvieron que distintos organismos estatales contaban con información suficiente sobre las amenazas y hostigamientos que sufría Curuil.
La justicia les dio parcialmente la razón. Los magistrados concluyeron que existió una falla en el deber de prevención y que el Estado provincial incurrió en una conducta omisiva frente a un riesgo concreto que había sido puesto en su conocimiento. Por ese motivo se dispuso una indemnización a favor de los familiares de la víctima.
La causa quedó identificada como “Leiva, Mirta Noemí y otros c/ Provincia de Buenos Aires s/ Pretensión indemnizatoria” y fue analizada por la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata.
El fallo que dejó firme la Corte
Tras la sentencia de Cámara, la Provincia intentó revertir la decisión mediante un recurso extraordinario para que el caso fuera revisado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin embargo, el máximo tribunal rechazó la presentación y dejó firme la condena.
De esta manera, quedó consolidado un criterio judicial que reconoce la responsabilidad estatal cuando existen denuncias previas, señales de alarma y conocimiento efectivo de una situación de peligro, pero no se adoptan medidas razonables para prevenir daños graves.
El fallo representa un nuevo antecedente en materia de responsabilidad del Estado y violencia de género. Además, constituye una advertencia para los organismos públicos encargados de intervenir en situaciones de riesgo, al remarcar que las denuncias no pueden convertirse en simples trámites administrativos cuando detrás de ellas existe una amenaza concreta para la vida de las personas.
Fuente: Infocielo
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