Ahora
Baldear la vereda, una costumbre céntrica que está prohibida
Las mañanas bahienses en el centro de la ciudad tienen dos particularidades muy marcadas.
Una es el gran movimiento de gente entre las 7.15 y las 8.30 horas. Algunos van a trabajar, y otros a estudiar.
La otra, la veredas mojadas por tareas de limpieza, principalmente en comercios y edificios durante ese horario pico.
El agua genera problemas en la circulación de los peatones, pero además representa un peligro.
Por eso es que existe una ordenanza, pero no se cumple ni se controla.
Es la N° 18789, que prohíbe el vertido de agua a la vía pública, incluyendo el riego de veredas, ya sea con agua de red o de perforación. Y su incumplimiento puede generar sanciones.
La norma busca evitar problemas como el deterioro de la calzada, molestias a vecinos y proliferación de insectos causados por el agua estancada.
Además, especialmente en épocas de escasez, puede ser considerado un uso ineficiente del agua.
ARTICULO 1º: Queda expresamente prohibido en el Partido de Bahía Blanca, el vertido de líquidos a la vía pública que se detallan a continuación, sin importar si se trata de agua de red o de perforación:
Vertido de agua de pileta de natación de material o lona a la vía pública.
Vertido de agua a la vía pública por pérdidas de tanques o roturas de cañerías de agua interna.
Vertido de agua por limpieza de tanques o cisternas.
Vertido de agua por lavado de veredas de instituciones públicas o privadas con mangueras.
Vertido de agua a la vía pública por limpieza de patios.
Vertido de agua a la vía pública por limpieza de fachadas, balcones, aleros, toldos con mangueras o hidrolavadoras.
Vertido de agua procedente de equipos de aire acondicionados frío/calor o el goteo de los mismos.
Vertido de líquidos a la vía pública por el desagote de subsuelos, cocheras por anegamiento de las mismas.
Vertido de líquidos a la vía pública por el riego de jardines, espacios verdes en veredas.
Vertido de agua a la vía pública procedente de todo tipo de vehículo, maquinaria, muebles, artefactos, etc., con mangueras o hidrolavadores en la vía pública.
Derramamiento de aguas servidas a la vía pública por el lavado de locales de esparcimientos nocturnos, bares, restaurantes, pizzerías, confiterías, heladerías, etc.
Vertido de aguas servidas a la vía pública por limpieza de desagûes pluviales o canaletas sin permiso de obra.
Pérdidas en calzadas y aceras de cañerías de la red de distribución de agua potable de la ciudad .
Pérdidas en calzadas y aceras de las cañerías para el tránsito de aguas cloacales.
Derrame de líquidos a la vía pública por el desagote de cámaras subterráneas de empresas prestatarias de servicios.
Vertido de líquidos de obras en construcción con o sin permiso.
Artículo 2° – El D. Ejecutivo ejercerá la inspección necesaria para el fiel y estricto cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1°, como así también queda facultado a ejecutar el oficio y por cuenta de los propietarios de los inmuebles que se encuentren vertiendo líquidos a la vía pública, cuando estos se rehusaran a hacerlo, todos los trabajos indispensables para evitar perjuicios o neutralizar el vertido de los mismos.
Artículo 3° – Comprobada la infracción la autoridad interviniente procederá a notificar la misma, a fin de que el presunto infractor formule descargo dentro del plazo de tres (3) días. Cuando la irregularidad fuere constatada mediante acta labrada por funcionario competente, ésta hará plena fe mientras no se pruebe lo contrario.
Artículo 4° – El incumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza será sancionado de conformidad con el Código de Faltas Municipales, decreto ley 8751/77. El infractor será reprimido con multa que se establecerá entre el cincuenta por ciento (50%) de salario del Grupo Obrero (06) Clase 06 Grado A 30 horas de la escala de sueldos municipales y tres (3) haberes de la misma escala, teniendo en cuenta las pautas de graduación de la pena normadas en el artículo 11° del Código de Faltas. En caso de reincidencia, la sanción será agravada con el doble de la multa prevista por este artículo.
Artículo 5° – Los fondos obtenidos por el municipio en concepto de multas serán destinados a reforzar las partidas presupuestarias correspondientes a la ejecución de obras de saneamiento urbano.
Artículo 6° – La Guardia Urbana Municipal será la Autoridad de Aplicación de la presente norma.
Ahora
Extendieron una semana más las clases en las escuelas de la UNS y hay disconformidad
ADUNS cuestionó el modo en que se tomó la decisión.
La Asociación de Docentes de la Universidad Nacional del Sur (ADUNS) expresó su rechazo a las decisiones tomadas en la última sesión del Consejo Superior Universitario (CSU) y acusó actitudes “autoritarias” y “agresivas” de parte del rector.
En un comunicado publicado en sus redes, el gremio docente se mostró severamente disconforme por la decisión de extender una semana las clases del ciclo lectivo 2025 en las escuelas preuniversitarias (EPUNS).
De acuerdo a lo informado en la publicación, el dictamen si hizo teniendo como “argumento casi exclusivo el supuesto incumplimiento de los 190 días de clases establecidos por el Consejo Federal de Educación para las jurisdicciones provinciales y CABA”.
Frente a esto, EPUNS recordó, en primer lugar, que las resoluciones del Consejo Federal no tienen injerencia en estas escuelas. Como segundo motivo, agregó que incluso en las escuelas de provincia esta meta de días raramente se cumple debido a diversos factores climáticos, asuetos, medidas de reclamo docente.
Además, la entidad acusó que hubo irregularidad en la tramitación del dictamen, el cual fue tratado en dos sesiones. Luego de la primera sesión, el Consejo de las Escuelas Medias (CEMS) rechazó la modificación del calendario. Sin embargo, según comenta, el 8 de julio la decisión se aprobó, “desconociendo y menospreciando la decisión del CEMS”.
El gremio sentenció que “este episodio vuelve a poner en evidencia que el CSU no representa a las EPUNS”.
Ahora
Una opción para hacer turismo: Puelches, el centro geográfico del país
Están transcurriendo las vacaciones de invierno y hay familias con tiempo y disponibilidad, pero quizás sin tanto dinero.
Por eso, está la opción de turismo de cercanía. Próximo a Bahía hay playa y sierras, y un poco más lejos, lugares un poco más originales y no tan desarrollados.
A 433 kilómetros de nuestra ciudad se encuentra la localidad de Puelches, en La Pampa.
De nombre mapuche, pertenece a los departamentos de Curacó y Lihuel Calel y tiene apenas 420 habitantes.
El pueblo no tiene ninguna historia que lo destaque, pero sí su ubicación. Después de estudios previos del Instituto Geográfico Nacional, en 1978 se instituyó en él el centro geográfico argentino.
Así lo decretó el gobierno militar de ese entonces, y mandó a colocar un monolito en el lugar exacto, para que sirva de referencia.
El punto está situado en las coordenadas 38°8’44”S 65°54’51O, unos 262 kilómetros al suroeste de Santa Rosa, sobre la ruta nacional 152.
Sin embargo, el lugar no está explotado turísticamente como por ejemplo la Ciudad Mitad del Mundo, al norte de Quito, Ecuador, que resalta la ubicación de la línea ecuatorial.
De todos modos, mochileros y motoqueros han hecho encuentros en el sector.
Si querés ir desde Bahía, tenés que tomar la ruta Nº 35 y después la Nº 152.
Ahora
Cómo va a estar el tiempo durante el fin de semana
Comienza una fin de semana con el tiempo similar a los días que vienen transcurriendo.
Es decir, temperaturas bajas y poco sol. Para sábado y domingo se pronostican mínimas se 7° y máximas de 14/15°.
El viento va a decir presente pero sin molestar demasiado. El promedio va a ser de 20 km/h como máximo.
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